El encausado, acompañado de quien dijo ser un primo suyo, acudió al domicilio de su cuñada para que retirara la denuncia por violencia de género que había interpuesto contra su hermano, donde igualmente, presionó a su madre negándole la posibilidad de ver a sus nietos. La denunciante se opuso a sus pretensiones y el acusado lanzó amenazas contra su integridad física.
Los magistrados señalan que las declaraciones de la denunciante y su madre -que compareció como testigo- no son contradictorias. Ambas afirmaron como ciertas las expresiones amenazantes dirigidas hacia la hija tras negarse a retirar la denuncia presentada contra su expareja, hermano del acusado.
El tribunal subraya que el hecho de que la madre de la denunciante no pudiera precisar con exactitud si las expresiones intimidatorias fueron pronunciadas por el acusado o por una tercera persona no identificada no resta valor a su testimonio. Los magistrados califican su declaración de “clara, persistente y contundente” al señalar directamente al acusado como el autor de las amenazas.
Asimismo, el tribunal pone de relieve la contradicción en la postura del acusado: mientras que en su escrito de defensa alegó que iba acompañado e incluso propuso diligencias para identificar a su supuesto acompañante, durante el juicio declaró que iba solo. Para los magistrados, este cambio de versión constituye un “vano intento de minimizar o neutralizar la situación de intimidación”.
AP de Badajoz. Sección nº 3. Sentencia nº 120/2026 de 9 de julio de 2026.