Se pronuncia sobre ello la STS 66/2022, de 27 de enero (ponente Pablo Llarena)?

En la sección #JurisprudenciaTuitaTuit analizamos la agravante de género cuando la conducta de delito recae en el compañero sentimental

Tribuna Madrid
Violencia-generoigualdad_EDEIMA20170926_0016_1.jpg

¿SE PUEDE APLICAR LA AGRAVANTE DE GÉNERO PREVISTA EN EL ARTÍCULO 22.4 DEL CÓDIGO PENAL CUANDO LA CONDUCTA CONSTITUTIVA DE DELITO NO RECAE SOBRE LA MUJER, SINO SOBRE SU COMPAÑERO SENTIMENTAL?

En este caso el acusado mantuvo una relación sentimental con Martina, finalizando ésta la misma, sin que el acusado aceptara tal ruptura. Una noche el acusado se encontró a Martina en las inmediaciones de un bar hablando con un chico,…

…momento en que el acusado le propinó un fuerte puñetazo en la cabeza, tirándole al suelo donde continúo golpeándole.

Como consecuencia de la agresión y las lesiones que le produjo, el perjudicado falleció.

Recogen los hechos probados que

el motivo único y exclusivo de la agresión fue que el perjudicado se relacionase con la ex pareja sentimental del agresor momentos antes de ser agredido. El acusado actuaba como una persona que se consideraba dueña del destino de Martina.

Por ello, mató a quien creía q tenía una relación con Martina convirtiéndole en víctima x razones de género del dominio ejercido sobre ésta.

La AP condenó al acusado como resp d un delito d homicidio, concurriendo la agravante d género, a la pena d 12 años y 11 meses d prisión.

Contra dicha st se interpuso por el letrado de la defensa recurso de apelación ante el TSJ, que estimó parcialmente el mismo, entendiendo que no concurría la agravante de género, imponiendo al acusado la pena de 11 años y 6 meses de prisión.


Frente a esta st se interpuso por la acusación particular recurso de casación, al que se adhirió el Ministerio Fiscal, alegando entre otros motivos la indebida aplicación de la agravante de género del artículo 22.4 CP.

Destacan que al perjudicado lo mató el acusado por estar hablando con Martina y que lo hizo para ejercer su dominio sobre ésta, coartando así su libertad e impidiendo irremisiblemente su relación con aquel.

 

Comienza el TS señalando que puesto que en el presente caso se declara probado que el perjudicado sufrió el ataque por la voluntad del agresor de discriminar y despreciar a Martina por razones de género, …

…se trata d analizar si el desvalor del delito aumenta cuando la víctima sufre la agresión xq el sujeto activo le atribuye factores diferenciales q desprecia, o si, x el contrario, la agravación se produce siempre q se comete un delito despreciando los valores constitucionales..

…que amparan la singularidad de determinados colectivos, aun cuando ninguno de sus integrantes resulte directamente lesionado por el comportamiento típico.

Entiende el TS en esta st que la agravación del art. 22.4 CP supone que EL DELITO COMETIDO TIENE QUE VENIR IMPULSADO POR RAZONES DE DISCRIMINACIÓN Y QUE LA CONDUCTA enjuiciada entrañe un CONCRETO DESPRECIO DE LOS ELEMENTOS DIFERENCIALES QUE EL SUJETO ACTIVO ASIGNA A LA VÍCTIMA,…

…de modo que la agravación resulta inaplicable cuando el autor actúa por motivos racistas o de discriminación, pero la acción no se despliega contra ninguno de los que integran el colectivo que resulta atacado.

Consecuentemente, NO ES APRECIABLE LA AGRAVACIÓN CUANDO EL SUJETO PASIVO DE LA ACTUACIÓN DELICTIVA NO SUFRE DIRECTAMENTE LAS CONSECUENCIAS DERIVADAS DE LA EXCLUSIÓN.

Igualmente señala esta sentencia que EL CONCEPTO DE VÍCTIMA A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 22.4 CP NO ES EQUIVALENTE AL CONCEPTO DE VÍCTIMA QUE RECOGE EL ARTÍCULO 2 DEL ESTATUTO DE LA VÍCTIMA, que extiende también el concepto a las víctimas indirectas,…

…puesto que una consideración legal de víctima que se establece para definir su estatuto, no puede ser susceptible de interpretación extensiva para su operatividad en preceptos penales sancionadores.

Por todo lo expuesto, el TS desestima el recurso interpuesto.


ElDerecho.com no comparte necesariamente ni se responsabiliza de las opiniones expresadas por los autores o colaboradores de esta publicación