La admisión de este escrito, denominado escrito preventivo, está amparada por una decisión unánime del Tribunal Mercantil de Barcelona (integrado por los titulares de los once juzgados mercantiles de Barcelona) haciendo una interpretación extensiva de las prerrogativas de la Ley de Propiedad Industrial, aplicable en materia de propiedad Intelectual, que es este caso, y de acuerdo con la jurisprudencia europea.
La admisión de este escrito supone que las mercantiles ITV y Atresmedia, propietaria de los derechos del concurso televisivo Pasapalabra y sociedad que ha adquirido licencia para su difusión televisiva, trasladan su posición ante la eventual presentación de medidas cautelares por parte de MC&F, mercantil que dice ser propietaria de los derechos de un concurso televisivo coincidente con una parte del programa Pasapalabra, El Rosco. Además, la admisión está fundamentada en el antecedente anterior sobre este particular entre la empresa MC&F y las mercantiles ITV y Mediaset, resuelto por el Tribunal Supremo en fechas recientes y que provocó la suspensión de la emisión del concurso Pasapalabra en Telecinco.
La admisión implica la apertura de un expediente con tres meses de vigencia, al que se incorporarían las hipotéticas medidas cautelares que pudiera presentar quien pudiera llegar a ser demandante, MC&F.
Esta cuestión procesal, en una aplicación vanguardista de las posibilidades que ofrece la regulación, tiene su antecedente más identificable en los escritos preventivos que pueden presentarse y admitirse por propiedad intelectual en el MWC que se convoca en Barcelona, recogido en un protocolo aprobado por el Tribunal de Marca de Barcelona y el Tribunal de Marcas de la Unión Europea en Alicante.
La admisión del escrito preventivo no anticipa ninguna posición por parte del órgano judicial en caso de que se solicitaran medidas cautelares por parte de quien pudiera ser demandante.