La nueva cuestión prejudicial lanzada por el Juzgado de Barcelona al TJUE está pendiente de respuesta

La Audiencia de Barcelona no suspenderá los procedimientos de IRPH

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La sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona ha anunciado que no suspenderá los procedimientos sobre el IRPH, pese a que está pendiente de respuesta la nueva cuestión prejudicial lanzada por el Juzgado de Primera Instancia 38 de Barcelona al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, al razonar que solo estaría justificada dicha suspensión si el tribunal tuviese las mismas dudas sobre la interpretación del Derecho de la UE.

IRPH Barcelona

De esta manera, la Audiencia Provincial de Barcelona podría tramitar todos los procedimientos pendientes ligados al IRPH, una decisión que Asufin ha reprochado, pues considera que "condena a los consumidores a una sentencia desfavorable a pesar de que sus asuntos deberían juzgarse disponiendo de toda la información que dará el TJUE una vez resuelva las nuevas dudas planteadas".

A principios del mes de diciembre, el titular del Juzgado 38 de Barcelona, Francisco González de Audicana (el mismo juez que elevó a Europa el asunto del IRPH en 2018), lanzó al TJUE una nueva cuestión prejudicial para que fuese más preciso en su interpretación sobre el uso del índice IRPH en las hipotecas.

Este juez formuló hasta seis cuestiones que considera que quedaron sin aclarar, como por qué la publicación en el BOE del índice "salva todas las exigencias de transparencia en cuanto al cálculo y composición del IRPH, incluida la obligación de informar al consumidor", o si resulta contrario a derecho europeo que, una vez declarada cláusula que incorpora el IRPH Cajas en el contrato, el juez lo sustituya por IRPH Entidades, "teniendo en cuenta que ambos se determinan por idéntico y complejo método de cálculo".

En consecuencia, Asufin instó a que se paralizasen todos los asuntos pendientes de resolución hasta que el TJUE volviese a pronunciarse. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Barcelona ya ha comunicado que no suspenderá las actuaciones en base a esta nueva cuestión prejudicial presentada por Audicana.

"La suspensión solo alcanza, en principio, al proceso en el que se ha planteado la cuestión. Solo si este tribunal tuviese las mismas dudas sobre la interpretación del Derecho de la Unión Europea que las que se suscitan en dicha cuestión estaría justificado el planteamiento de otra cuestión o directamente la suspensión de la tramitación del recurso a la espera de que se resuelva la cuestión ya planteada, lo que no es el caso", indica el magistrado José María Fernández Seijo en su dictamen.