La modificación debe quedar aprobada antes del 30 de abril, fecha límite para la entrada en vigor de la ley

La Comisión de Justicia ratifica por unanimidad la reforma del Registro Civil para su aprobación en el Pleno del Senado

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La Comisión de Justicia del Senado ha confirmado por unanimidad la reforma de la ley del Registro Civil procedente del Congreso de los Diputados, para enviarla al Pleno de la Cámara Alta con miras a que quede aprobada antes del 30 de abril, fecha límite para la entrada en vigor del nuevo modelo registral, que arrebata el control a los jueces para dárselo a los letrados de la administración de justicia.

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Desde el PSOE, autor de la proposición de ley, Fernando López Gil ha defendido que esta última reforma ofrece "un modelo de Registro Civil moderno, equitativo y organizado que garantiza el servicio público a la ciudadanía" combinando el necesario avance hacia "un futuro cada vez más digital pero sin poner en riesgo la atención en los pequeños municipios", con lo que --según ha afirmado-- resuelve los "problemas enquistados".

Tanto el socialista como los demás grupos parlamentarios han destacado el "amplio consenso" que se ha logrado para sacar adelante esta proposición de ley, que opera el último cambio en la reforma de la ley del Registro Civil que se aprobó en 2011 con una 'vacatio legis' de seis años que se ha ido prorrogando y que vence el próximo día 30.

En consecuencia, la Comisión de Justicia ha aprobado por unanimidad el texto enviado desde sus pares en el Congreso, donde no fue necesario su debate y aprobación en Pleno al contar la Comisión de Justicia de la Cámara Baja con competencia legislativa en la materia. Sin embargo, en el Senado sí tendrá que someterse al Pleno, algo que se espera para la última semana de abril, según fuentes parlamentarias consultadas por Europa Press.

Está previsto que la reforma reciba el visto bueno de la Cámara Alta, siguiendo así la estela del trámite parlamentario, con lo que solo restaría su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para que surta efecto.

Atendidas solo por funcionarios

La reforma legal está dirigida A "preservar la naturaleza del Registro Civil como un servicio público y gratuito" y, para ello, frente de cada Oficina General del Registro Civil estará un Encargado del Registro Civil, que ejercerá sus cometidos bajo la dependencia funcional de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

Ello conllevará que, a la fecha de entrada en vigor de esta ley queden suprimidos los Juzgados que, de forma exclusiva, han venido ejerciendo funciones de Registro Civil y el Registro Civil Central y, en su lugar, se crean oficinas generales de Registro Civil y la Oficina de Registro Civil Central.

Además, los puestos de trabajo de las oficinas del Registro Civil solo podrán ser cubiertos por personal de los cuerpos generales de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, que se ordenarán de acuerdo con lo establecido en las correspondientes relaciones de puestos de trabajo.

Uno de los fundamentos de la reforma es garantizar el acceso a todos los ciudadanos, con una red de oficinas dotada de servicios electrónicos y adecuadamente capilarizada en todo el territorio nacional, para proporcionar la necesaria cercanía a los usuarios del servicio registral.

Otro eje es la digitalización. Así, se asignará al ciudadano un código personal por el sistema informático del Registro Civil con la colaboración del Ministerio del Interior, que se asociará de forma inmediata el número del DNI o cualquier otro documento identificativo oficial, siendo invariable durante toda la vida.