Ejecución de acto administrativo

La ejecución de sentencias confirmatorias de actos administrativos. La autorización judicial de entrada de domicilio ¿a quién ha de pedirse?

Foro Coordinador: Diego Córdoba Castroverde

Planteamiento

La Administración en algunas ocasiones en que ha obtenido una sentencia favorable confirmando la validez de un acto administrativo cuya ejecución requiere entrar en el domicilio de un particular por lo que solicita a un juez unipersonal autorización para ejecutar el acto confirmado por la sentencia.

Como regla general, se ha sostenido que las sentencias que confirman un acto administrativo no requieren actos de ejecución judicial, pues confirmado el acto administrativo, será la Administración la que por sí misma, en uso de su autotutela ejecutiva, llevará a efecto los actos necesarios para el cumplimiento de lo acordado en este.

El problema surge cuando la ejecución del acto administrativo que ha sido confirmado por sentencia judicial firme exige la autorización de entrada en domicilio de un particular, en cuyo caso la Administración requiere autorización judicial de entrada, pero ¿puede pedirla de forma autónoma ante un juez unipersonal distinto del que conoció del recurso contra el acto o ha de pedirla en ejecución de sentencia del recurso en el que se cuestionó la legalidad del mismo?, pues en definitiva se trataría de ejecutar un acto que ha sido confirmado por sentencia judicial.

 

Este foro ha sido publicado en la "Revista de Jurisprudencia", el 15 de diciembre de 2016.

(Puedes consultar Legislación y Jurisprudencia en nuestra Base de Datos).

 

 

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