En este sentido, apunta que la vuelta al trabajo se hará de forma escalonada y que se tendrán en cuenta tanto las necesidades del servicio como la existencia de los colectivos clasificados como vulnerables y que, por ello, estarán exentos de reincorporarse en la primera etapa.
En concreto, los empleados públicos que sean diabéticos, enfermos cardiovasculares (incluida la hipertensión), enfermos pulmonares crónicos, con inmunodeficiencia, con cáncer en fase de tratamiento activo, o las funcionarias embarazadas y en general los mayores de 60 años no volverán a su puesto de trabajo en la primera fase.
Horarios de entrada y salida flexibles
La guía también apunta que, hasta que se llegue a una situación de normalidad, es necesario que se flexibilicen los horarios tanto a las horas de entrada como de salida, al mismo tiempo que se establecerán turnos para escalonar la presencia física de los empleados públicos.
Asimismo, dice que en las oficinas de atención al público, además de las medidas preventivas contempladas, se deberá limitar el aforo, establecer cita previa (siempre que sea posible) y disponer de las mismas medidas de protección que se contemplen en el uso de zonas comunes. También recomienda disponer de barreras físicas para evitar el contacto.
Igualmente, la guía establece que los puestos de trabajo administrativos o de oficina "con baja probabilidad de exposición" deberán mantener dos metros de distancia o disponer de barreras físicas para evitar el contacto.
La guía tiene por objeto servir de marco general que garantice homogeneidad en los distintos departamentos ministeriales y los organismos públicos de la Administración General del Estado a la hora de establecer medidas de carácter preventivo para evitar los riesgos del coronavirus en el momento de reincorporación a los centros de trabajo.
No obstante, las especificidades y especialidades de tipología de personal y servicios públicos a prestar se podrá fijar por cada departamento u organismo y tendrán en cuenta la aplicación de las instrucciones y protocolos que se establezcan desde las autoridades sanitarias y su actualización.
"Estas circunstancias estarán en paralelo al mantenimiento de la posibilidad de trabajo en modalidades no presenciales, como el teletrabajo, que será objeto de regulación en un momento posterior", añade.
En el ámbito de seguridad y salud laboral, cree que es necesario que cada departamento y sus organismos dependientes, dentro de su ámbito organizativo, adopten o actualicen sus medidas y actuaciones preventivas o sus planes de contingencias y de continuidad en base a criterios, pautas y recomendaciones que dicten las autoridades sanitarias.
Para garantizar la reincorporación segura y la homogeneidad en las actuaciones preventivas de la AGE, el Ministerio insta a que ningún trabajador con sintomatología acuda a su puesto de trabajo.
Por otro lado, dice que se adoptarán medidas necesarias para dar cumplimiento a la guía de Sanidad en el centro de trabajo y que se tomarán las consideraciones necesarias para posibilitar el distanciamiento social de dos metros.
También se dispondrá de agua, jabón, toallas de papel desechables y soluciones hidroalcohólicas para llevar a cabo la higiene de manos y se pedirá cumplir con las medidas a la hora de toser o estornudar. Además, pide extremar la limpieza de los centros de trabajo y dice que se facilitará la información mediante cartelería de las medidas de higiene y distanciamiento social.
Sentidos de entrada y de salida
En el acceso al centro de trabajo, se habilitará un sentido de entrada y otro de salida y, en el caso de los controles de seguridad, se establecerá una distancia razonable entre las personas para evitar el contacto, entre otras medidas.
Los equipos de protección individual los determinarán los servicios de prevención y serán proporcionales al riesgo de cada puesto de trabajo en base a las medidas implantadas y a lo establecido por las autoridades sanitarias en cada momento.
La guía destaca que respecto a la coordinación de actividades empresariales, los departamentos ministeriales y sus organismos deberán mantener las reuniones necesarias con las empresas que prestan servicio en los centros de trabajo para garantizar que las mismas cumplen con los requisitos y exigencias marcados por las autoridades sanitarias, así como las normas establecidas para el centro en el que prestan servicio.
Respecto a las pruebas diagnósticas del coronavirus, dice que estas deberán ser prescritas por un facultativo de acuerdo con las directrices, instrucciones y criterios acordados por la autoridad sanitaria competente.
Por último, dice que los comités de Seguridad y Salud constituidos en los distintos ministerios, organismos y entes se reunirán, por medios telemáticos y tras la firma del documento, para asegurar la debida consulta y participación de los representantes de los trabajadores en la adopción y seguimiento de las medidas que resulten en cada momento de aplicación en sus ámbitos, retomando desde ese momento su actividad ordinaria, o extraordinaria cuando así se requiera, de acuerdo con la normativa de aplicación.