Lucha contra el fraude

La Seguridad Social y la Inspección de Trabajo reanudan e intensifican la colaboración para luchar contra el fraude

Noticia

El Plan incorpora novedades en cuanto a las altas y bajas sucesivas, declaración de horas extraordinarias o bien la excesiva e injustificada temporalidad y parcialidad en la contratación

Tesoreria-Seguridad-TGSS-Inspeccion-ITSS_EDEIMA20180801_0003_10

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) han reanudado formalmente la cooperación mediante la firma del Convenio entre ambas entidades centrado en hacer más eficaz la lucha contra el fraude a la Seguridad Social y las nuevas formas de intento de vulnerar la normativa de cotizaciones.

Con este objetivo, la directora general de la ITSS, Marisol Serrano y el director general de la TGSS han firmado una Resolución en la que se fija el marco de relaciones para reforzar la colaboración recíproca.

En el texto, se fija el marco de colaboración entre la Tesorería General de la Seguridad Social y el organismo autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social en aquellos aspectos de interés común, con el objeto de intensificar y hacer más eficaces las labores de fiscalización y control del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el área de Seguridad Social y, en general, dentro del ámbito de la política de protección social del Departamento

En esta estructura de colaboración se incluye la elaboración conjunta de un Plan Anual de Objetivos para combatir formas concretas de fraude, determinando las acciones a realizar, los objetivos a conseguir y la infraestructura de medios necesaria.

El Plan de Objetivos tiene habitualmente carácter anual, si bien es cierto que en 2018 tendrá una duración reducida de tan solo cinco meses –del 1 de agosto al 31 de diciembre- con una dotación presupuestaria de 960.000 euros. El convenio de colaboración entre la TGSS y la ITSS, que sirve de marco para diseñar e implementar un plan de objetivos para la inspección, no se firmó en 2017 ni tampoco en enero de este año 2018.

Nuevas formas de fraude

El Plan de objetivos del Acuerdo de colaboración se estructura en dos partes: la primera dedicada a los objetivos comunes en la lucha contra el fraude en el régimen económico de la Seguridad Social. En la segunda, se desarrolla la colaboración.

Esta edición del Plan recoge novedades respecto al diseño de años anteriores. Se habilitan campañas relativas a las empresas que efectúan altas y bajas sucesivas a la Seguridad Social del mismo trabajador para constatar si existe o no declaración por las vacaciones devengadas y no retribuidas; sociedades que presentan anomalías en la declaración de horas extraordinarias y aquellas que abusan de la temporalidad y la parcialidad en la contratación de personas trabajadoras sin que existan condiciones organizativas o características de producción que lo justifiquen.

La TGSS mantiene la alerta especialmente en el caso de las empresas que dan de alta y baja sucesivamente al mismo trabajador en periodos vacacionales, un supuesto en el que el Tribunal Supremo ha fallado a favor de mantener el alta de los docentes en la Seguridad Social en periodo vacacional.

En el caso de las horas extraordinarias, la ITSS actuará en el caso de las empresas que comunican bases de cotización y número de horas con una relación anómala. Para ello es decisiva la información facturada en el Sistema de Liquidación Directa, que toma como referencia empresas de similares características en el mismo sector de actividad.

Otro de los aspectos novedosos es la atención a los índices de temporalidad y parcialidad anómalamente altos. La ITSS verificará que se cumplan correctamente las obligaciones de alta y cotización en sectores y empresas que difieran de los datos medios de empresas similares del mismo sector.

El Plan mantiene la vigilancia en torno a la derivación de responsabilidad de deuda, encuadramientos indebidos, empresas deudoras insolventes con actividad, sociedades que no transmiten la información de los conceptos retribuidos abonados, empresas ficticias y altas fraudulentas.

Además del Plan de Objetivos, el Convenio enmarca la cooperación entre ambas entidades en el intercambio de información. La TGSS facilitará a la Inspección de Trabajo el acceso, para consulta, a sus bases de datos y la cesión de éstos en los términos legalmente establecidos.

Intercambio de información

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social colaborará con la TGSS en la depuración de la información que ésta le facilite, tanto en lo que se refiere a los datos identificativos de los sujetos obligados al pago como de las bases de cotización. Además, la ITSS informará periódicamente a la Tesorería de las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos en las campañas de inspección que se realicen.

En esta línea de cooperación, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Inspección de Trabajo, acordarán la realización de cursos de formación y perfeccionamiento profesional mutuo y recíproco en el conocimiento y utilización de las aplicaciones informáticas necesarias para llevar a cabo las funciones sobre materias objeto de las campañas programadas.