TRIBUNAL SUPREMO

Lesmes no cubrirá la plaza de vicepresidente del Supremo que ha quedado vacante tras la jubilación de Juanes

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El presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, no cubrirá la plaza de vicepresidente del alto tribunal que ha quedado vacante tras la jubilación el pasado martes de Ángel Juanes, quien venía ejerciendo el cargo desde su creación en 2013.

Jubilación de Ángel Juanes

Fuentes del órgano de gobierno de los jueces han señalado a Europa Press que el presidente ha considerado que no es necesario cubrir el cargo dada la situación actual, en la que está pendiente la renovación de todo el Consejo. El CGPJ se encuentra en funciones tras concluir su mandato el pasado 4 de diciembre.

La esperada renovación, no obstante, depende de la existencia de un acuerdo político que por el momento no se produce y que fuentes jurídicas aventuran que no pueda llegar hasta bien entrado el 2020 debido a la actual situación política.

En el Consejo, las labores de sustitución de Lesmes que en contadas ocasiones ha venido realizando Juanes las realizará el vocal de más edad, Rafael Fernández Valverde.

El nombramiento de Juanes, que llegó al cargo tras presidir la Audiencia Nacional, tuvo que ser prorrogado el pasado mes de enero, una vez concluyó su mandato de cinco años previsto en la Ley. La previsión entonces era que la renovación del CGPJ y de todos sus cargos derivados se produjera antes de que llegara la jubilación del vicepresidente, algo que no ha ocurrido finalmente.

La Ley Orgánica del Poder Judicial establece que el vicepresidente del Supremo será nombrado, por mayoría absoluta, por el Pleno del CGPJ a propuesta de su presidente. El cargo se creó en 2013 y entre sus funciones la Ley señala la de colaborar con el presidente del Poder Judicial y sustituirle en los supuestos de vacante, ausencia, enfermedad u otro motivo legítimo.

El vicepresidente es además miembro nato de la Sala de Gobierno del alto tribunal y le corresponde "proponer a esta y al presidente la adopción de aquellas decisiones orientadas a garantizar el correcto funcionamiento del Tribunal Supremo, así como velar por la exacta ejecución de los acuerdos adoptados" por este órgano.