NOVEDAD LEGISLATIVA

Ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado

Noticia

Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.

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Trascendencia y finalidad

Esta norma pretende incluir, en un único texto, las disposiciones relativas al nombramiento de los altos cargos, introduciendo nuevos mecanismos que garanticen la idoneidad del candidato, que permitan un análisis previo de la posible existencia de conflictos de intereses y que aseguren el control del órgano que tiene asignadas las competencias en materia de incompatibilidades y conflictos de intereses.

Ámbito material

El Título Preliminar de la ley regula su objeto y ámbito de aplicación, donde se incluyen expresamente los altos cargos de los nuevos organismos creados como es la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia.

El Título I regula las condiciones de nombramiento y ejercicio del alto cargo. Como novedad, se introduce la idoneidad como requisito para el nombramiento de los altos cargos, tomando como referencia los criterios de mérito y capacidad así como los de honorabilidad.

Los artículos relativos al régimen retributivo y de protección social recogen una materia regulada de forma dispersa en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, la normativa de Seguridad Social y de clases pasivas.

En lo relativo a la compensación tras el cese, su regulación se aclara, manifestando la incompatibilidad de retribuciones así como el control del cumplimiento de las condiciones que, en su caso, den derecho a su percepción. Por último, este Título también regula el uso de los medios humanos y materiales de los que dispondrán los altos cargos en el ejercicio de sus funciones.

El Título II regula el régimen de conflictos de intereses y de incompatibilidades a los que estarán sujetos aquellos que sean nombrados altos cargos.

El Título III regula los órganos de vigilancia y control dotando a la Oficina de Conflictos de Intereses de una mayor garantía de competencia y elevando su rango administrativo y el control parlamentario del candidato elegido para el nombramiento.

Otra importante novedad que introduce la ley es el procedimiento de examen de la situación patrimonial del alto cargo una vez que ha cesado en el ejercicio de sus funciones.

Por último, el Título IV recoge el régimen sancionador, regulando, entre otras cuestiones, la infracción por el incumplimiento del deber de abstención y la ampliación del plazo de prescripción de las infracciones y sanciones

Vigencia

La presente disposición entrará en vigor el 20 de abril de 2015.