SANIDAD

Modificación del Real Decreto 183/2004, que regula la Tarjeta Sanitaria Individual

Noticia

El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Real Decreto 183/2004, que regula la Tarjeta Sanitaria Individual (TSI) en el Sistema Nacional de Salud.

Tarjeta sanitaria virtual y física_img

Esta actualización tiene como objetivo principal adaptar la normativa a los avances tecnológicos, estableciendo la emisión de la TSI en un formato virtual para todas las comunidades autónomas, además del tradicional soporte físico que se viene utilizando. También evitará la necesidad de llevar la tarjeta física para acceder a la atención sanitaria en cualquier centro del SNS.

La tarjeta sanitaria clásica ya identifica al paciente en cualquier dispositivo del SNS y en cualquier oficina de farmacia de España.

Principales Cambios Emisión en soporte virtual

Se permitirá la emisión de la TSI tanto en soporte físico como virtual, o en ambos, ofreciendo flexibilidad a las personas y adaptándose a sus preferencias. La TSI virtual podrá sustituir completamente a la física solo si el titular así lo desea.

Datos obligatorios y adicionales

Se especifican los datos básicos obligatorios que deben incluirse en la TSI, tanto física como virtual, garantizando la identificación inequívoca del titular y su derecho a la asistencia sanitaria. Además, se enumeran datos adicionales que podrán ser incorporados, como información de contacto de emergencias.

Accesibilidad: Se establece la necesidad de adaptar la TSI a las personas con discapacidad, asegurando la igualdad de acceso a los servicios sanitarios para todos los ciudadanos. Asimismo, se regulan las características técnicas de la banda magnética y el código QR para garantizar su lectura en todo el territorio nacional, facilitando la interoperabilidad y evitando barreras administrativas.

Validez en todo el SNS: La TSI, en soporte virtual, será válida en todo el SNS, como ya lo es en soporte físico y permitirá el acceso a los centros y servicios sanitarios.

Plazo de adaptación: Se establece un plazo de 18 meses para que las autoridades sanitarias y los agentes implicados en la provisión de asistencia sanitaria se adapten a los nuevos requisitos.