Destaca, entre otros aspectos, la posibilidad de concesión de licencias a particulares, incluidas las personas jurídicas, en cuyo caso, la persona solicitante deberá formar parte de la misma y ostentar un cargo directivo con las facultades o poderes de representación suficientes para actuar en su nombre.
Se interrumpe la concesión de licencias para el clorato potásico, el perclorato potásico, el clorato sódico y el perclorato sódico, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria primera en cuanto a las licencias que hayan sido válidamente otorgadas con arreglo a la normativa vigente en el momento de su concesión.
Por otra parte, los operadores económicos y los mercados en línea informarán a sus clientes o usuarios sobre los precursores que ponen a su disposición.
Asimismo, los operadores económicos y los mercados en línea implantarán procedimientos capaces de detectar las transacciones sospechosas.
Se prohíbe la importación por los particulares de los precursores de explosivos regulados.
En materia inspectora, se detallan las autoridades de inspección, con competencias de investigación e inspección necesarias para garantizar su ejecución.
Por último, se regula el régimen sancionador aplicable al incumplimiento de las disposiciones previstas, con sanciones eficaces, proporcionadas y disuasorias, en función del sujeto que las cometa.
Ley 25/2022, de 1 de diciembre, sobre precursores de explosivos (2022/38313).