El texto prohíbe la destrucción de valor a lo largo de la cadena alimentaria y endurece las infracciones

El Pleno convalida el RD-Ley por el que se adoptan medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación

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El Pleno del Congreso ha aprobado con 208 votos a favor, 1 en contra y 141 abstenciones, la convalidación del Real Decreto-Ley 5/2020, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura y alimentación para paliar los daños en el sector por la caída de precios de los productos agrícolas.

Real Decreto personal del campo

Asimismo, el Congreso ha aprobado la tramitación de este real decreto-ley como proyecto de ley por la vía de urgencia, con la emisión de 186 votos a favor, 157 votos en contra y 6 abstenciones.

El texto introduce la obligatoriedad de una cláusula en los contratos que garantice que el precio pactado entre el productor primario agrario, ganadero, pesquero o forestal y su primer comprador cubre los costes de producción y prohíbe aquellas actividades promocionales que den lugar a error en relación al precio e imagen de los productos.

Con estas medidas, se prohíbe la venta a pérdida o la destrucción de valor en la cadena. De igual forma, en este real decreto-ley se consideran graves infracciones que antes eran leves, como no formalizar por escrito los contratos alimentarios, no incluir el precio o realizar modificaciones en el precio.

Igualmente, el real decreto-ley incluye modificaciones del IRPF para favorecer a los jóvenes que reciben ayudas a la primera instalación en los programas de desarrollo rural de las comunidades autónomas.

En materia de empleo, se reducen a 20 el número mínimo de jornadas cotizadas (peonadas) necesarias para acceder al subsidio por desempleo de trabajadores eventuales agrarios y se introducen bonificaciones para la conversión de contratos eventuales en indefinidos o fijos discontinuos, para que el trabajo en el campo sea más estable. Además, con el objetivo de combatir la brecha de género, dicha bonificación será mayor en el caso de la conversión de contratos de las trabajadoras agrícolas.

Por último, se permitirá a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social entrar y revisar las condiciones de los alojamientos y locales de descanso puestos a disposición de los trabajadores por parte de los empresarios, aunque estos se encuentren fuera de los centros de trabajo o lugares donde se ejecuta la actividad laboral.

Este cambio normativo, que no altera el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio puesto que se mantiene la necesidad de consentimiento expreso de las personas que habiten en él o la autorización judicial, tiene por objetivo garantizar unas condiciones laborales dignas y reforzar la idea del trabajo decente.