Esta iniciativa trae causa de un acuerdo previo aprobado el 14 de octubre de 2025 y por el que se solicitó al Consejo de Estado la emisión del dictamen preceptivo sobre la propuesta, recibido el 9 de marzo de 2026. De esta forma, el proyecto de reforma que se ha elevado al Consejo de Ministros incorpora las mejoras realizadas por el Consejo de Estado y propone añadir un apartado 4 al artículo 43 de la Constitución con el siguiente tenor literal: "Los poderes públicos garantizarán el ejercicio del derecho de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo en condiciones de igualdad real y efectiva con cuantas prestaciones y servicios sean necesarios para dicho ejercicio".
La nueva redacción constitucionaliza la vertiente prestacional del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, al tiempo que la libertad de decisión de la mujer queda protegida por los artículos 10.1 y 15 de la Constitución Española, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, estableciendo que los poderes públicos deben garantizar su ejercicio en condiciones de igualdad real y efectiva. Esta previsión se incluye en consonancia con el artículo 9.2 de la Constitución y con el objetivo principal de asegurar la igualdad en el ejercicio del derecho a la IVE en todo el territorio nacional.
A partir de este momento, la reforma propuesta seguirá los cauces establecidos, conforme al procedimiento previsto en el artículo 167 de la Constitución, y requerirá la aprobación por mayoría de tres quintos tanto en el Congreso como en el Senado.