La rebaja del IVA del 21% al 5%, tipo mínimo autorizado por la legislación comunitaria, beneficiará a todos los suministros de gas natural, incluidos los destinados a las calderas de las comunidades de vecinos. Hasta el 31 de diciembre de 2022 se aplicará el tipo reducido a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural, facilitando el acceso a este fundamental suministro ante la llegada del invierno y proporcionando un ahorro estimado de 190 millones a los consumidores.
La reducción impositiva también se aplicará a pellets, briquetas y leña, sustitutivos ecológicos del gas natural procedentes de biomasa y destinados a sistemas de calefacción, cuyos precios se han incrementado considerablemente con la cercanía del invierno.
Reactivación de la cogeneración
Las instalaciones de cogeneración utilizan un combustible (principalmente gas natural, pero también otros combustibles líquidos o biomasa) para producir simultáneamente electricidad y calor útil para los procesos industriales.
Estas instalaciones de cogeneración podrán renunciar temporalmente a su régimen retributivo regulado, de modo que entren en el ámbito de aplicación del Mecanismo Ibérico y perciban el ajuste que cobran las centrales térmicas de gas. Esta renuncia, temporal, podrá solicitarse mientras el Mecanismo Ibérico esté vigente.
Esta medida se añade a otras aprobadas previamente para apoyar a la industria electrointensiva y gasintensiva, como la exención del 80% en el pago de los peajes, la maximización de la compensación por el coste del CO2 repercutido en la electricidad, los avales públicos para la firma de contratos de suministro de energía a largo plazo o los pagos directos a las empresas.
Respuesta activa de la demanda
El real decreto-ley también crea un nuevo servicio de respuesta activa de la demanda que aumentará la flexibilidad y la seguridad del sistema eléctrico. Permitirá resolver, con la máxima eficacia técnica y el menor impacto medioambiental posible, las situaciones de desvíos importantes entre la generación y el consumo que se presenten en el periodo horario inmediatamente anterior al del suministro, o incluso en la propia hora de suministro. Este servicio podrá ser prestado por la demanda a cambio de ingresos económicos otorgados mediante subastas de periodicidad anual.
Red Eléctrica, en tanto que Operador del Sistema, gestionará el nuevo servicio y lanzará la subasta anual, en la que podrán participar todas las unidades de demanda -comercializadoras y consumidores directos- mayores de 1 MW. La primera subasta se celebrará muy próximamente, porque el nuevo servicio debe estar operativo antes del próximo 1 de noviembre, con vistas a la temporada invernal.
La normativa aprobada por el Consejo de Ministros incluye otras medidas que facilitarán el crecimiento de la generación renovable. Por ejemplo, establece nuevos criterios más flexibles para determinar la capacidad de las redes de transporte, que podrá variar en cuestión de meses, días y horas, respetando siempre los límites térmicos de la instalación. O agiliza y simplifica trámites administrativos para los proyectos de generación, como los relativos a la identificación de las empresas legal, económica y técnicamente capaces, o las consultas entre distintas administraciones públicas.