La medida evitará la aplicación del Índice de Precios al Consumo (IPC) en la actualización del alquiler

Limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda

Noticia

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, en el que se incluye una limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda, que impide subidas superiores al 2 %.

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A través de esta medida, la persona arrendataria de un contrato de alquiler de vivienda habitual cuya renta deba ser actualizada porque se cumpla la correspondiente anualidad de vigencia de dicho contrato, desde la entrada en vigor del real decreto-ley hasta el 30 de junio de 2022, podrá negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta, estableciéndose que, en ausencia de pacto, la renta del contrato no podrá actualizarse por encima de la variación experimentada por el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), un índice situado actualmente en el 2% y que no puede superar ese porcentaje de acuerdo con su definición.

De acuerdo con la regulación aprobada, la cuantía del incremento a aplicar en la renta del contrato será la establecida en un nuevo pacto entre arrendador y arrendatario, estableciéndose que, en caso de no alcanzarse dicho nuevo pacto entre las partes, el incremento de la renta no podrá exceder en ningún caso de la referida variación anual del IGC, a fecha de dicha actualización.

Además, se establece que en el caso de que el arrendador sea un gran tenedor, el pacto a alcanzar entre propietario e inquilino no podrá suponer un incremento superior a la variación anual del IGC, a fecha de dicha actualización, entendiéndose como gran tenedor aquella persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m2 de uso residencial, excluyendo en todo caso garajes y trasteros.

Así, en el caso de un contrato de arrendamiento de vivienda de 600 euros, la aplicación de la nueva medida podría suponer un ahorro de más de 33 euros mensuales en el pago del alquiler ya que, actualmente, el Índice de Precios al Consumo (IPC) se encuentra situado, según el último dato del pasado mes de febrero publicado por el Instituto Nacional de Estadística, en el 7,6%, por lo que su aplicación supondría un incremento de 45,60 euros en la renta mensual, mientras que la aplicación del nuevo máximo, marcado por el Índice de Garantía de Competitividad en el 2%, determinaría un incremento de 12 euros en la renta mensual.

Medidas en materia de vivienda

Se trata de una medida de carácter urgente, necesaria para responder a la a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania en el ámbito de la vivienda, que se suma a las medidas de carácter estructural que se están llevando a cabo en materia de vivienda. Entre ellas:

  • El desarrollo de una legislación estatal en materia de vivienda que se encuentra actualmente en tramitación parlamentaria como proyecto de ley.
  • La aprobación de un nuevo Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025 y del Bono Alquiler Joven.
  • Las diferentes medidas llevadas a cabo para favorecer una mayor oferta de vivienda en alquiler a precios asequibles y para fomentar la rehabilitación y mejora del parque de vivienda existente, reforzando especialmente la colaboración en estos ámbitos con las comunidades autónomas y las entidades locales.