Según se recuerda en la iniciativa, un estudio elaborado a partir de una encuesta a 161 AMPAS de España, concluye que la mitad de estas organizaciones no disponen de dotaciones (ni local, ni ordenador ni teléfono) y que el 80% tiene menos de 20 integrantes comprometidos que se desenvuelven en la "precariedad".
Según el informe, menos del 5% cuenta con personal auxiliar, más de la mitad no dispone de ningún apoyo económico ni material que no sea el de las cuotas de socios y del escaso 50% que sí recibe algún tipo de apoyo, tres de cada 10 lo reciben del ayuntamiento y sólo un 10% de la comunidad autónoma correspondiente.
En la actualidad, sindicatos, partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones electorales y otras donaciones a actividades prioritarias de mecenazgo pueden beneficiarse de las deducciones previstas en la declaración del IRPF.
También son deducibles de la cuota del IRPF los donativos a, entre otros, las fundaciones y las asociaciones declaradas de utilidad pública, incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo a que se refiere la Ley 23/1998 de Cooperación Internacional para el Desarrollo, siempre que tengan la forma jurídica de Fundación o Asociación y a la Iglesia, pero no a las cuotas a las AMPAS.