
En la propuesta mandada al Ministerio a la que ha tenido acceso Europa Press, se recogen unas condiciones específicas como que los demandantes hayan cotizado a través del sistema específico de protección por cese de actividad al menos durante 12 meses en cualquier momento durante su alta al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Además, propone que este requisito se amplíe un mes a partir del 28 de diciembre de 2020 y que se siga aumentando un mes por año hasta alcanzar el periodo mínimo de carencia de seis años para poder acceder al subsidio.
No obstante, deja claro que esta condición puede ser sustituida por los seis años exigibles al resto de trabajadores en el sistema de protección por desempleo cuando el interesado, aun cuando solicita el subsidio habiendo sido su último régimen el RETA, ha cotizado en otros regímenes en periodos anteriores.
Además, otro requisito para poder acceder a este subsidio que propone UPTA es que los autónomos se hayan beneficiado de la prestación por cese de actividad al menos durante un periodo de cuatro meses y que se haya consumido esta ayuda, procediendo posteriormente a su inscripción como demandante de empleo.
Los requisitos que podrían mantenerse respecto al subsidio que cobran los trabajadores por cuenta ajena de esta edad son que los solicitantes tengan 52 años en el momento de su solicitud y que hayan cotizado al menos 15 años en cualquier régimen de la Seguridad Social y al menos 2 años dentro de los últimos 15.
También cree que deben mantenerse las condiciones de límite de ingresos brutos mensuales establecidas para el resto de los trabajadores con carácter general o que los solicitantes también estén inscritos como demandantes de empleo en el mes anterior al de la solicitud.

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