El rifirrafe surgido el pasado mes entre el Ministro de Justicia y los fiscales por la investigación del «caso Púnica» - que, finalmente, se ha saldado con la dimisión del ya expresidente de Murcia, Pedro Antonio Sánchez- puso en entredicho la independencia de los fiscales a la hora de investigar causas penales.
Al hilo de la polémica, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) emitió un comunicado reclamando reformas estructurales para garantizar un procedimiento penal más moderno y eficaz, atribuyendo un mayor grado de independencia y autonomía a los fiscales para evitar que el Fiscal General del estado (FGE) pudiese darles órdenes concretas en el ejercicio de su función investigadora.
En este contexto, el ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha anunciado este jueves en el Congreso de los Diputados dos reformas que deberán abordarse en paralelo con el acuerdo y la conformidad mayoritaria de las fuerzas políticas y de los colectivos implicados:
- una estatutaria, para impedir que los jueces puedan recibir instrucciones verbales por parte de sus superiores, entre otras medidas-, y;
- otra procesal, que sustituirá la Ley de Enjuiciamiento Criminal que data del S.XIX, por un moderno Código Procesal.
Reforma del Estatuto de los fiscales
Una de las novedades del nuevo Estatuto Fiscal es la prohibición de que los fiscales puedan recibir instrucciones verbales por parte de sus superiores. Las órdenes serán dadas por escrito y las de carácter general serán publicadas en un diario oficial, como ha explicado Catalá.
Además, se otorgará un mayor protagonismo al Consejo Fiscal y a las juntas de fiscalía, y se regulará el mérito y capacidad para acceder a los puestos discrecionales.
Como ha subrayado el Ministro de Justicia en sede parlamentaria, «los cambios irán dirigidos a conciliar el principio de autonomía con el de unidad de actuación como garantía de seguridad jurídica, en el que se remarque su imparcialidad y sometimiento exclusivo a la ley».
Reforma procesal
Según ha explicado Catalá, la sustitución de la actual Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), que data del S.XIX, por un nuevo Código Procesal, dejará atrás «el tradicional sistema inquisitivo para implantar de manera definitiva el modelo acusatorio, otorgando todo el protagonismo procesal al juicio oral, que es donde deben practicarse las pruebas».
La reforma irá dirigida igualmente a mejorar las garantías de defensa y se simplificarán procedimientos y recursos. También está previsto crear un procedimiento especial para la investigación y enjuiciamiento conjunto de menores y mayores de edad en determinados supuestos especialmente graves.
El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del poder Judicial, Carlos Lesmes, en un Encuentro Parlamentario sobre la Reforma de Justicia organizado por Lefebvre-El Derecho, defendió una reforma integral de la Lecrim para que sean los fiscales los encargados de investigar los delitos, pero siempre «con suficientes garantías”, pues el fiscal debe asumir la investigación penal, pero siempre “con el control de garantías del juez».