Sanción por arrendar su vivienda como alojamiento turístico
JUSTICIA
Sanción por arrendar su vivienda como alojamiento turístico
NoticiaEl Derecho
La casa rural ofertaba la vivienda en un portal turístico de internet.
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Cáceres ha confirmado la sanción de 6.000 euros impuesta por la Junta de Extremadura a la propietaria de una casa rural por no estar inscrita en el Registro Regional de Actividades Turísticas. La casa rural ofertaba la vivienda en un portal turístico de internet y no estaba registrado como actividad turística.
La sentencia resuelve la cuestión de la profesionalidad para tal ejercicio así como el de la habitualidad y condena en costas a la propietaria.
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