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La reforma de la estiba hace aguas

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El anuncio del Gobierno para la liberalización de la estiba por la promulgación de un nuevo Real decreto Ley que reflejará lo establecido en  la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE ha quedado bloqueado a la espera de que se inicie una ronda de negociaciones entre el Ministerio de Fomento y la Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar con la mediación del Ministerio de Empleo.

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El Gobierno ha dado marcha atrás en la inminente reforma de la ley y ha fijado el próximo viernes 24 de febrero como fecha límite para la aprobación del citado decreto en el Consejo de Ministros. Durante esta semana el Gobierno ha realizado un llamamiento a patronal y sindicatos para que impere el diálogo en el marco de la negociación colectiva. El primer paso por parte de los colectivos sindicales ha sido la anulación de la huelga convocada para los días 20, 22 y 24 de febrero.

Mientras el Ministerio de Empleo se ha ofrecido para mediar en este conflicto, el Ministerio de Fomento a través de tu titular, Íñigo de la Serna,  ha recordado que la reforma es una imposición de la Comisión Europea órgano que a través de sentencia condenatoria del Tribunal de Justicia de la Unión Europea reclama que en España se regularice la situación laboral de los Trabajadores del Mar.

La estiba es la operación de manipulación de mercancías en los puertos (carga, estiba, desestiba, descarga y transbordo de mercancías). Los estibadores transfieren esa mercancía entre buques, tierra y otros medios. Hasta la fecha, el servicio de estibadores se organizaba a través de las Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores Portuarios (Sagep), amparadas por la Ley de Puertos, cuya misión es la de seleccionar, formar y gestionar a los trabajadores portuarios y la única via de contratación era a través de las Sagep.

La fecha clave del conflicto fue el 11 de diciembre de 2014, cuando el Tribunal de Justicia de la UE dictó una sentencia que decía que España vulneraba el artículo 49 del Tratado al "obligar con carácter general a las empresas estibadoras que operan en los puertos a inscribirse en una Sagep y, en todo caso, al no permitirles recurrir al mercado para contratar su propio personal, ya sea de forma permanente o temporal, a menos que los trabajadores propuestos por la Sagep no sean idóneos o sean insuficientes".

Desde ese momento, el Gobierno español adquiría un compromiso con Bruselas para tramitar el cambio legal liquidando las sociedades de estiba y facilitando la creación de empresas de servicio de estiba similares a una ETT, entre otras medidas de carácter laboral. Por su parte, los sindicatos solicitaban una serie de requisitos al cambio como un registro de trabajadores que en su momento fue rechazado por la Comisión europea.

El Ministerio ha incorporado todos los elementos posibles para flexibilizar la norma a favor de los trabajadores, como son, por ejemplo, un periodo transitorio de adaptación de tres años, el establecimiento de un sistema de compensaciones para que los actuales trabajadores conserven sus derechos laborales preexistentes (pasivos laborales) o la no exigencia de requisitos de titulación a aquellos empleados que acrediten 100 jornadas de trabajo.

Si España no da cumplimiento a esta sentencia con la promulgación del Real Decreto, estaremos enfrentando una multa diaria de 134.000 euros una vez que se ejecute la segunda sentencia –que se dictará de manera inminente-. Esta cantidad se sumará a los 21,5 millones de sanción que ya se acumulan.

En el caso de que no se resuelva de forma coordinada el conflicto de la estiba puede incidir gravemente en la economía española ya que el colectivo de estibadores garantiza la gestión de un importante porcentaje de las mercancías en los puertos, tanto de importaciones como de exportaciones. 

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