Según información facilitada por la agencia Europa Press y con fecha de 14 de febrero, el magistrado Jorge Israel Bartolomé Moriano acepta la inhibición de las diligencias previas seguidas ante el Juzgado de Instrucción número 52 de Madrid aunque mantiene el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa.
La querella, interpuesta contra la cúpula del colegio de procuradores madrileño por un delito de falsedad en documento público cometido por funcionarios y otro de prevaricación, fue admitida a trámite por la Sección 17 de la Audiencia Provincial. Según se detalla en la denuncia, de 2003, el texto aprobado tras la votación de la Junta para modificar el estatuto no coincidió con el que aparecía en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).
Según expusieron, se añadieron seis artículos --dos disposiciones transitorias y una final al texto original-- los cuáles "no fueron debatidos ni aprobados" en la Junta General del IPCM de 18 de diciembre de 2003. Sin embargo el titular del Juzgado de Instrucción número 30 de Madrid decreta el archivo de la causa pese a que no es firme y frente al mismo cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días.
Por su parte, el Colegio de Procuradores manifestaba que este auto ratifica la actuación dentro de la legalidad del Colegio. Además se está avalando jurídicamente las tesis del Colegio y desmontando "la persecución indiscriminada de siete miembros que se han atribuido el carácter nacional contra los órganos rectores del Colegio de Madrid".
El Colegio ha anunaciado futuras acciones legales para perseguir a la ADP que "ha querido manchar sin éxito el nombre del Colegio y el de sus miembros". El decano de los procuradores madrileños, Gabriel de Diego Quevedo, ha defendido que esta resolución restituye "el enorme daño personal y profesional causado a los querellados y a la profesión, y subraya el afán incriminatorio de los querellantes".