
La sentencia de la Sección Segunda relata que la pareja consiguió la separación el 4 de julio de 2000 con un convenio regulador que no estableció pensión alimenticia ni compensatoria a cargo de ninguno de los cónyuges.
Posteriormente, la acusada, “con ánimo de perjudicar” a su expareja y de conseguir una pensión alimenticia que no tenía reconocida, redactó “de forma mendaz un nuevo convenio regulador de fecha de 19 de julio de 1999, que no está firmado por ninguna de las partes, en el que se establecía en la estipulación quinta una pensión de alimentos a cargo de José Manuel de 20.000 pesetas mensuales”.
Por último, el tribunal condena a la procesada a pagar una multa de 1.350 euros.

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