Economía/Legal

Los auditores exigen que no se limite la competencia en el concurso de Loterías del Estado

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Piden la modificación del consenso de auditoría para permitir la concurrencia de un mayor número de sociedades

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Los auditores de cuentas exigen que se proteja la libre competencia en Loterías del Estado y piden a este organismo que elimine las cláusulas que limitan la competencia en su concurso de auditoría, según informa el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España (ICJCE) en un comunicado.

El presidente del ICJCE, Rafael Cámara, pidió que esta solicitud se haga extensible a todos los concursos de cualquier institución, que "deben siempre evitar este tipo de cláusulas contrarias a la competencia".

La Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (Selae) ha hecho público el pliego de condiciones para adjudicar auditor de cuentas para los próximos tres ejercicios (2011, 2012 y 2013) en el que se restringe la concurrencia de las sociedades de auditoría al establecer una cláusula "excesiva" sobre los requisitos de solvencia técnica y experiencia que deben cumplir los licitadores.

En este sentido, el ICJCE exige la modificación de los términos del documento con el objetivo de favorecer la libre competencia en el sector. Además se reserva las acciones institucionales y legales que considere para impedir este tipo de prácticas colusorias con la competencia.

Cámara afirmó que "ningún organismo público puede restringir la libre competencia ni la apertura a todos los operadores del mercado y segmentos de auditoría", y advirtió que "fomentar la concentración es un error y los pliegos de condiciones de los contratos deben adaptarse a esta obligación en cualquier institución".

Tal y como se apunta en el anexo de condiciones particulares del pliego de condiciones para auditar Loterías del Estado, los licitadores deben acreditar su solvencia técnica y experiencia, y para ello deber remitir a la sociedad estatal una relación en

la que se recojan los trabajos similares realizados en los últimos tres años.

A continuación se explica que "se entiende por trabajos de similares características la auditoría de cuentas anuales de sociedades que coticen o, en el momento de la prestación de los servicios cotizaban, en el Ibex 35. A tal efecto, quedarán

excluidos del presente procedimiento aquellos licitadores que no acrediten haber realizado trabajos de similares características en los últimos tres años para, al menos, tres sociedades del Ibex 35".

Para el ICJCE, la condición impuesta por la SELAE impide la libre competencia de las sociedades de auditoría, ya que las compañías que forman parte de dicho índice de capitalización bursátil son auditadas por un número muy limitado de empresas auditoras.