Durante la sesión, se ha debatido el informe de la ponencia y las enmiendas que los grupos parlamentarios mantuvieron vivas para su debate en comisión. De este modo se ha incorporado al dictamen la enmienda 119 que establece que en los grados medio y superior, y en el grado básico en los supuestos y las condiciones que se determinen se incluirá una fase de formación en empresa u organismo equiparado, de la que podrán quedar exentos quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con los estudios profesionales cursados.
Una vez celebrado este debate en Comisión, el Pleno verá el Dictamen y las enmiendas al articulado no incorporadas y que los grupos parlamentarios han decidido mantener vivas para someterlas de nuevo a debate y votación.
Nuevo sistema de Formación Profesional
El objetivo de esta iniciativa gubernamental es constituir y ordenar un sistema de formación profesional que responda "con flexibilidad a los intereses y aspiraciones de cualificación profesional de las personas y a las competencias demandadas en la actualidad para aumentar la productividad y generar empleo".
Este régimen formativo establece un nuevo sistema de grados de formación profesional (A, B, C, D y E), que contempla unidades de aprendizaje más pequeñas o microformaciones (grado A), hasta títulos y cursos de especialización (grados D y E).
Dos modalidades: General o Intensiva
La norma también contempla dos tipos de formación profesional: la Formación Profesional General, con una duración de formación en la empresa entre el 25% y el 35% y una participación de la empresa de hasta un 20% de los resultados de aprendizaje del currículo; y, por otro lado, la Formación Profesional Intensiva, con formación en la empresa a partir del 35% de la duración total y una colaboración de la empresa con el centro de formación de más del 30% respecto del currículo. Además, este último contempla alternar la formación en el centro de formación o en la empresa con la actividad productiva, retribuida en el marco de un contrato de formación.
Por otra parte, la iniciativa dispone que toda la formación profesional tendrá carácter dual: se realizará entre el centro de formación y la empresa, en dos intensidades, en función de las características del período de formación en el centro de trabajo. También se incorpora la figura del tutor dual del centro y del tutor dual de empresa.
Asimismo, establece un Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional que incluye todas las opciones formativas que pueden cursarse en nuestro país en el marco de la formación profesional, desde las más amplias a las más reducidas o microformaciones, y define los elementos básicos del currículo de formación profesional.
Otra de las novedades introducidas en este texto es el Registro Estatal de Formación Profesional, que "permitirá a toda la ciudadanía acceder al mismo y obtener una Vida Formativa-Profesional actualizada".