La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado dos autos en los que desestima la petición de medida cautelar planteada por la Región de Murcia y por la Diputación de Alicante contra el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, que aprobó la revisión de los planes hidrológicos de diferentes demarcaciones hidrográficas, y en concreto en referencia a los caudales mínimos que prevé en la infraestructura del trasvase Tajo-Segura.
El Supremo resuelve que no ha lugar a la suspensión cautelar solicitada mientras se resuelve sobre el fondo de los recursos planteadas por dichas instituciones.