En concreto, se introduce una modificación del Real Decreto que regula esta prestación ampliando el periodo de disfrute de la misma más allá de la mayoría de edad del hijo o hija enferma, tal y como había solicitado el Defensor.
La institución recuerda que ha recibido en los últimos años "centenares" de quejas que ponían de manifiesto la necesidad de realizar este cambio normativo.
En este sentido, ha detallado que en los escritos recibidos los padres de estos menores advertían de que cuando sus hijos alcanzan la mayoría de edad "no mejoran en su enfermedad" y, en muchos casos, "requieren aún más cuidados".
Por otro lado, el Defensor del Pueblo ha recordado que ha recomendado a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social realizar una modificación normativa de la prestación económica por cuidado de menores con enfermedades graves, encaminada a "flexibilizar" otros requisitos como el relacionado con la situación laboral de los progenitores.