PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES FINANCIEROS

Anteproyecto de Ley de administradores y compradores de créditos

Noticia

El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley de administradores y compradores de créditos, por el que se transpone la Directiva europea sobre la materia y se modifica la Ley de contratos de crédito al consumo (Ley 16/2011/ y la Ley de contratos de crédito inmobiliario /Ley 5/2019).

comprador de credito y prestatario_img

El proyecto normativo refuerza la protección de los consumidores financieros, especialmente de los que se encuentran en situación de vulnerabilidad económica, garantizando que se respetan sus derechos y se les ofrecen soluciones para afrontar sus deudas. Asimismo, se favorece la estabilidad financiera, facilitando que las entidades financieras puedan vender sus carteras de créditos, permitiéndoles sanear sus balances y mejorar su solvencia.

Con este objetivo, el Anteproyecto de Ley, que se publicará en Audiencia Pública para recoger las opiniones de los operadores económicos, regula la compraventa de créditos dudosos y contratos de crédito dudosos realizado por entidades de crédito de la Unión Europea que estén sujetos a la normativa española, estableciendo unas reglas comunes para establecer la operativa de este mercado.

El proyecto normativo regula, en primer lugar, la actividad de administración de créditos dudosos, que consiste en el cobro o la renegociación de créditos dudosos, que pasa a ser una actividad reservada y requiere de la autorización previa del Banco de España. Con el fin de proteger a los consumidores, se establecen como requisitos para obtener esta autorización disponer de un sistema interno adecuado de gestión de reclamaciones, así como una política adecuada que garantice la protección y trato justo de los prestatarios.

Asimismo, se regula la compraventa de créditos dudosos, asegurándose el mantenimiento de las condiciones y derechos de los prestatarios y trasladándose las obligaciones de transparencia, protección e información, incluyéndose el cumplimento de los códigos de buenas prácticas a los que el acreedor inicial estuviera adherido.

Más protección para los consumidores financieros

El proyecto normativo establece garantías adicionales para la protección de los prestatarios, que obligan tanto a los compradores como a los services a dar un trato adecuado e información suficiente, además de contar con un servicio de atención al prestatario y de reclamaciones extrajudiciales adecuado. Con el fin de asegurar el cumplimiento de estas obligaciones el Banco de España supervisará a los compradores de crédito y a los services, estableciéndose, asimismo, el correspondiente régimen de infracciones y sanciones.

En las normativas sectoriales de crédito al consumo y de crédito inmobiliario se introduce la obligación de que los prestamistas cuenten con una política de renegociación de deudas, debiendo ofrecer al prestatario, antes del inicio de acciones judiciales o la exigencia del pago total de la deuda, medidas encaminadas a alcanzar acuerdos de renegociación.

La norma establece condiciones especiales para los prestatarios en situación de vulnerabilidad económica, que son los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y las personas que se encuentren por debajo de unos umbrales mínimos de ingresos y en los que concurran ciertas situaciones de vulnerabilidad adicionales. En estos casos la entidad prestamista que vaya a vender el crédito dudoso a un tercero deberá ofrecer al prestatario la posibilidad de reembolsar el crédito aplicando una quita o condonación parcial alineada con el importe estimado de la venta del crédito.

Se introducen, además, en la Ley de crédito al consumo medidas adicionales de protección de los deudores, dirigidas a mejorar la información y protección de estos clientes. Así, con este objetivo, se limitan los intereses de demora a cobrar en casos de impagos por parte del consumidor; se definen los supuestos de modificación del tipo de interés en contratos de duración indefinida (como en el caso de las tarjetas revolving), permitiendo a los clientes no aceptar las subidas o cancelar el contrato. Finalmente, se clarifican las condiciones de las indemnizaciones por amortización anticipada en el caso de financiaciones ligadas a la compra de bienes o servicios.