La directiva sobre conciliación establece requisitos mínimos destinados a lograr la igualdad entre hombres y mujeres en lo que respecta a las oportunidades en el mercado laboral y al trato en el trabajo, facilitando la conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores que son padres o cuidadores.
La norma comunitaria entró en vigor en julio de 2019 pero dio más tiempo a los gobiernos para aplicarlo, de modo que quedó aplazado a agosto de 2022 el plazo para trasponer la mayor parte de las disposiciones --que garantizan una baja parental intransferible y retribuida de manera adecuada-- y dejó para agosto de 2024 la que se refiere al pago de las dos últimas semanas.
Según informa el Ejecutivo comunitario, España ha incumplido el plazo para comunicar a sus servicios la transposición completa de ese último elemento y por ello Bruselas da el paso de iniciar el expediente.
El envío de una carta de emplazamiento es el primer paso formal de un expediente sancionador y da un plazo de dos meses al Gobierno para que tome las medidas necesarias que corrijan la irregularidad.
Si en ese periodo no se subsana la situación, la Comisión Europea podrá enviar un dictamen motivado, segunda fase del procedimiento, que da algo más de tiempo al diálogo antes de decidir si llega a la tercera y última fase, que supone denunciar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
El pasado agosto, cuando expiró el plazo para cumplir con la transposición de la obligación de pagar las dos últimas semanas del permiso, el Ministerio de Trabajo y Economía Social afirmó que Bruselas multaría a España con al menos 7 millones de euros por incumplir esta disposición y que la cifra aumentaría si el incumplimiento persistía.
Con todo, el anuncio del Ejecutivo comunitario de este jueves es sólo el primer paso en el proceso por lo que está por ver si el asunto llega hasta el Tribunal europeo, que es el competente para dictar las sanciones en caso de incumplimiento.