El magistrado considera que los hechos investigados podrían ser constitutivos de delitos continuados de malversación y falsedad documental

Continuación por el trámite del Tribunal del Jurado la causa por utilización de tarjetas bancarias de la Faffe en locales de alterne

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El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla ha dictado un auto en el que acuerda transformar en procedimiento para el juicio ante el Tribunal del Jurado la causa abierta por la presunta utilización de varias tarjetas bancarias de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) para el pago de los servicios en distintos locales de alterne de la región andaluza, causa en la que están siendo investigados el que fuera director técnico de la Faffe Fernando José V.R. y la directora económica financiera de la citada fundación en el periodo comprendido entre los años 2004 y 2011 Ana V.C., a quienes cita el día 30 de septiembre a la comparecencia que establece el artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado.

Tribunal del jurado

En un auto, el magistrado argumenta que los datos aportados a la causa llevan a la conclusión de que el hecho delictivo cometido revestiría los caracteres de un delito continuado de malversación y de un delito continuado de falsedad documental, “cuyo conocimiento no vendría atribuido en principio al Tribunal del Jurado pero que por su íntima conexión” con el delito de malversación, que sí le compete al jurado, “habrían de sustanciarse conjuntamente en una misma causa con el fin de evitar la ruptura de la continencia de la misma”, de conformidad con los criterios a tal efecto establecidos en el acuerdo del Pleno no Jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 9 de marzo de 2017.

En el mismo auto, fechado el día 19 de junio y notificado hoy martes a las partes personadas en el procedimiento, acuerda el sobreseimiento provisional de la causa contra cuatro investigados –dos administrativas gestoras de las cajas de la Faffe; el adjunto en la dirección económica financiera de la fundación y el hermano del ex director técnico de la Faffe y ex trabajador de esta fundación- al considerar que”no se encuentran en la causa indicios sólidos que permitan atribuirles participación en los hechos”, ya que “carecerían de poder de disposición sobre los hechos delictivos por los que se procede, habiendo actuado o intervenido –accidentalmente- siguiendo las instrucciones o directrices” de los dos investigados contra los que se dirige el procedimiento.

El magistrado relata en la resolución que, según se infiere de las diligencias practicadas hasta el momento, el investigado Fernando José V.R., “prevaliéndose de su cargo como director técnico” de la Faffe, “habría venido llevando a cabo, de manera continuada, una disposición ilícita de los fondos de dicha entidad pública, desviándolos de su propia finalidad –que no es otra que el fomento y financiación de actividades relacionadas con la formación de desempleados-, utilizándolos para abonar los servicios recibidos en distintos locales de alterne de Sevilla y otras provincias andaluzas que frecuentaba, utilizando para ello las tarjetas bancarias de las que disponía (en total, tres tarjetas de las seis de que disponía como director) contra las cuentas de la referida fundación”.

En este sentido, señala que, en total, este investigado “habría gastado mediante el uso de las tarjetas bancarias de la Faffe un total de 32.566 euros en locales de prostitución, gastos abonados con cargo a los fondos de la Faffe”, tras lo que el juez enumera cada uno de los pagos realizados hasta en cinco de estos establecimientos, indicando importes y fechas.

Mecánica financiera y de control contable “irregular”

Según el instructor, “con el fin de ocultar la ilícita disposición de fondos públicos realizada”, el investigado, “en connivencia” con la directora económica financiera de la Faffe entre 2004 y 2011, “idearon un sistema por el que se simulaban los reintegros de los referidos cargos realizados por el investigado”, de forma que, “en los Libros Diarios de la Faffe, constan asientos devolución de las citadas cantidades que no se corresponden con la realidad”.

Así, el magistrado añade que, “a tal fin, esto es, al objeto de simular el reintegro a las arcas de la Faffe de las cantidades ilícitamente dispuestas por su director, los investigados utilizaron la caja de la Dirección Económica Financiera de la Faffe, simulando supuestas –en realidad, inexistentes- reposiciones en metálico (evitando así la utilización de transferencias bancarias o método similar) de aquéllas disposiciones ilícitas; haciendo así que los gastos se camuflaran como ingresos en la Caja Central para su posterior inclusión como tales en la contabilidad”.

“Tal mecánica financiera y de control contable resultaba de todo punto irregular, pues, sin perjuicio de que éste no era un procedimiento correcto para llevar a cabo la correspondiente devolución, lo cierto es que, en todo caso, cada ingreso por devolución de lo gastado indebidamente debía ir acompañado del concorde ticket de gasto o factura, al que se añadía al dorso el programa, subvención y curso al que se adscribía”, asevera el juez, que agrega que, “para aparentar las devoluciones, los acusados simulaban devoluciones de anticipos, dietas, gastos, viajes y otros inexistentes”.

En total, el juez indica que “existen contabilizadas diez operativas de gasto en diferentes locales mediante la utilización” por el investigado de dos tarjetas bancarias asociadas a las cuentas de la Faffe, al tiempo que “existen un total de ocho operativas distintas de gastos efectuados a través de las tarjetas asociadas a las cuentas de la Faffe en diferentes establecimientos donde se habría ejercido la prostitución, por un importe total de 17.049 euros, de los cuales existen asientos contables en el Libro Diario de la Faffe que reseñan que los importes de los citados gastos habrían sido devueltos a través de su ingreso en la Caja Central de la Faffe”.

El instructor asevera que, “sin embargo, no consta la devolución contable en Libros Diarios de la Faffe” de un cargo realizado el 8 de noviembre de 2005 en uno de los establecimientos referidos por importe de 780 euros, “de modo que este gasto habría sido financiado con fondos directamente procedentes de la Faffe”, mientras que los gastos realizados en otro local de alterne de Sevilla los días 22 y 23 de marzo de 2010 por importe de 14.737 euros “no figuran contabilizados”.

Al hilo de ello, el juez precisa que, “al día siguiente, 24 de marzo, Fernando José V.R. intentó anular la tarjeta bancaria utilizada mediante la simulación de su pérdida o robo ante la correspondiente entidad financiera”, pero como quiera que “no logró su propósito, el mismo día se produce la devolución de los pagos a través del TPV”, para lo que la otra investigada “hizo efectivos, y destinó a ello dos cheques por el importe total de 6.300 euros que fueron cobrados ese mismo día por la propia” encausada. “Los citados cheques no aparecen reflejados en la contabilidad de la Fundación, de modo que los fondos habrían salido de la cuenta bancaria titularidad de la Faffe sin que, sin embargo, se reflejara dicha salida en la contabilidad de la Fundación”, una “falta de contabilización que se habría llevado a cabo siguiendo las instrucciones” de dicha investigada, puntualiza el juez.