El texto incluye la prórroga de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y del conjunto de prestaciones para los trabajadores autónomos y el sector cultural hasta el 30 de septiembre de 2021, entre otras medidas.
La norma contempla la prórroga de la aplicación de las medidas de flexibilidad que se han adoptado desde el comienzo de la crisis sanitaria y en los términos previstos en el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, como las medidas extraordinarias en materia de exoneraciones en las cotizaciones a la Seguridad Social de las empresas o los ERTE por limitación de su actividad, que se verán prorrogados con un nuevo esquema de exoneraciones.
Además de la prórroga del conjunto de prestaciones puestas en marcha en marzo de 2020 para paliar la situación de los autónomos, también se mantienen las prestaciones extraordinarias vigentes para quienes no pueden desarrollar su actividad con normalidad, como la prestación extraordinaria por suspensión de actividad dirigida a trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad.
Se prorrogan también las medidas extraordinarias en materia de protección por desempleo de las personas trabajadoras recogidas en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo. Entre ellas, se encuentran la prestación extraordinaria por fin de campaña para personas con contrato fijo discontinuo, personas incluidas en expedientes de regulación de empleo que no sean beneficiarias de prestaciones por desempleo, compatibilidad de las prestaciones y compensación económica en determinados supuestos de trabajo tiempo parcial.
Asimismo, mantiene en vigor las medidas extraordinarias recogidas en el Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, relacionadas con extinciones y despidos, la interrupción del cómputo de los contratos temporales, así como los límites relacionados con el reparto de dividendos y la tramitación de los ERTE de las empresas y entidades que tengan su domicilio fiscal en países o territorios calificados como paraísos fiscales.
En relación al sector cultural, mediante este Real Decreto-ley se prorrogan también hasta el 30 de septiembre las prestaciones extraordinarias de desempleo a las que tuvieran derecho los profesionales de las artes en espectáculos públicos, en los términos previstos en el artículo 2 del Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019.
Otras medidas
En paralelo, se prorroga hasta el 30 de septiembre de 2021 el conocido como "el Plan MECUIDA", que permite a las personas trabajadoras por cuenta ajena que acrediten deberes de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como respecto de los familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora, el derecho a acceder a la adaptación de su jornada y/o a la reducción de la misma cuando concurran circunstancias excepcionales relacionadas con las actuaciones necesarias para evitar la transmisión comunitaria del COVID-19.
También se permite, excepcionalmente, por motivos justificados y con un ámbito temporal limitado al curso 2021-2022, la renovación de la contratación de profesores asociados en las universidades sin que sea necesario acreditar por parte de la persona contratada el ejercicio de una actividad profesional fuera del ámbito académico universitario.