PENAL

El certificado de penados podrá ser solicitado en los registros de cualquier órgano administrativo

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El certificado de penados, cuya presentación exige la Ley de Protección a la Infancia para quienes ejercen profesiones en contacto con menores, puede ser solicitado en registros de cualquer órgano administrativo del Estado, ha informado este viernes el Ministerio de Justicia.

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Hasta la entrada en funcionamiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales, el próximo 1 de marzo, la ausencia de antecedentes se acreditará mediante el certificado de penados, que puede ser obtenido a través de diversos canales.

En el caso de los trabajadores, pueden hacerlo a través de la página web del Ministerio de Justicia, por correo ordinario, o de forma presencial en los registros de las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia, en las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno y en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas y a la de cualquier Administración Local.

Las entidades en las que se va a trabajar con menores pueden solicitar el certificado de sus trabajadores de forma conjunta, previo consentimiento expreso de éstos.

Por su parte, las administraciones públicas pueden solicitar el certificado de antecedentes penales, con autorización previa del trabajador, directamente a través de la Plataforma de Intermediación de Datos que gestiona el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. De este modo, se evitan desplazamientos y se agiliza su tramitación, según la información facilitada por el departamento que preside Rafael Catalá.

Los ciudadanos que opten por la solicitud telemática, deben tener en cuenta que el sistema operativo del ordenador tiene que estar actualizado (se precisa disponer de últimas versiones de Windows, últimas o penúltimas versiones de los navegadores Chrome o Internet Explorer); deben tener un certificado digital de usuario válido (DNI electrónico, FNMT) y el abono de la tasa debe haberse realizado en las entidades bancarias que están adheridas a la pasarela de pago del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.