La norma contempla avales ICO y deducciones fiscales para impulsar la rehabilitación y la construcción de vivienda social

El Congreso convalida el real decreto-ley de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria

Noticia

El Pleno del Congreso de los Diputados ha convalidado el Real Decreto-ley 19/2021, de 5 de octubre, de medidas urgentes para impulsar la actividad de rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con 204 votos a favor.

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El texto introduce nuevas deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), modifica la Ley de Propiedad Horizontal y crea una línea de avales para la la financiación de reformas que contribuyan a la eficiencia energética, entre otras cuestiones.

Deducciones en el IRPF

La norma contempla una serie de deducciones en el IRPF para impulsar las obras de rehabilitación. Entre ellas, el texto contempla una disminución de hasta un 20% de las cantidades por las obras realizadas a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el 31 de diciembre de 2022, con una base máxima de deducción de 5.000 euros anuales siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración.

Por otra parte, también se establece una deducción por obras que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda, permite una resta de hasta un 40% de la cuantía por las obras realizadas en el mismo plazo temporal que la deducción anterior, hasta un máximo de 7.500 euros anuales. Para ello, la reforma deberá contribuir a la reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través de la reducción del referido indicador de consumo de energía primaria no renovable del certificado de eficiencia energética de la vivienda o mejorar la calificación energética de la vivienda para obtener una clase «A» o «B».

Finalmente, el texto establece una tercera deducción, por obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso predominante residencial, que será aplicable sobre las cantidades por las obras realizadas por el titular de la vivienda desde la entrada en vigor de esta iniciativa hasta el 31 de diciembre de 2023. En este caso, tendrá que obtenerse una mejora de la eficiencia energética del conjunto del edificio en el que se ubica, siempre que se acredite una reducción del consumo de energía primaria no renovable de un 30% como mínimo, o bien, mejore la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B». En esta tercera deducción, el contribuyente titular de la vivienda podrá deducirse hasta un 60 por ciento de las cantidades de las obras, hasta un máximo de 15.000 euros.

Propiedad horizontal y avales ICO

Este real decreto-ley también introduce mejoras en la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal para facilitar la toma de decisiones en las comunidades de propietarios. Concretamente, se modifica el régimen aplicable a las obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética en el conjunto del edificio, estableciendo un régimen de mayoría simple para la realización de tales obras, así como para la solicitud de ayudas y financiación para ello.

Además, el texto refuerza la capacidad de intervención de las comunidades de propietarios para que "puedan actuar en el mercado con plena capacidad jurídica para todas las operaciones, incluidas las crediticias, relacionadas con el cumplimiento del deber de conservación, rehabilitación y mejora de los edificios".

Asimismo, con objeto de impulsar las obras de rehabilitación, en el artículo 4 de este real decreto-ley se crea una línea de avales para la cobertura parcial por cuenta del Estado de la financiación de las reformas que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de los edificios de vivienda. A través de esta nueva línea de avales se ofrecerá cobertura para que las entidades de crédito puedan ofrecer financiación, en forma de préstamo con un plazo de devolución de hasta quince años, en virtud del convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Instituto de Crédito Oficial (ICO).