Medidas extraordinarias

El Pleno convalida el real decreto-ley que prorroga las medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica

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La norma amplía hasta el 28 de febrero de 2022 las medidas que garantizan los suministros de agua, electricidad y gas natural a consumidores vulnerables

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El Pleno del Congreso de los Diputados ha convalidado el Real Decreto-ley 21/2021, de 26 de octubre, por el que se prorrogan las medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

El texto tiene como objetivo ampliar la vigencia de algunas iniciativas adoptadas por el Gobierno de España para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

De este modo, se amplían hasta el 28 de febrero de 2022 las medidas extraordinarias adoptadas para garantizar a los consumidores vulnerables los suministros de agua, electricidad y gas natural, establecidas en el Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo. También se añade una nueva categorización de consumidor vulnerable para la percepción del bono social eléctrico y la protección especial frente a la interrupción del suministro.

En materia de vivienda, se extiende hasta la misma fecha la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos. Se establece, además, la posibilidad de solicitar compensación por parte del arrendador o propietario de la vivienda hasta el 31 de marzo de 2022.

Asimismo, se extiende la posibilidad de solicitar la moratoria o condonación parcial de la renta, cuando el arrendador sea un gran tenedor o entidad pública, y se amplían hasta el 28 de febrero de 2022 los contratos de arrendamiento de vivienda que pueden acogerse a la prórroga extraordinaria de seis meses.

Por otro lado, este real decreto-ley también contempla medidas de protección contra la violencia de género, extendiendo la consideración de esenciales da los servicios de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género hasta el 28 de febrero de 2022. Las administraciones públicas competentes garantizarán la prestación, entre otros, de los servicios de acogida, información o asesoramiento jurídico 24 horas a las víctimas, y apoyo al personal que presta servicios de asistencia social integral a las víctimas.

Además, en las disposiciones finales se establecen modificaciones relativas a la acreditación del cese de actividad de los trabajadores autónomos, ante situaciones de fuerza mayor que determine el cese temporal o definitivo de la actividad; el reconocimiento de la compensación a los propietarios y arrendadores; y la aplicación de medidas extraordinarias en favor de los trabajadores autónomos afectados por la erupción volcánica en la zona de Cumbre vieja, en La Palma que no se hubiesen podido acoger a las reguladas en el Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre.