La norma fue aprobada en el pasado Consejo de Ministros

El reglamento que regulará las condiciones de uso de la lengua de signos española entrará en enero de 2024

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El Reglamento que regulará las condiciones de utilización de la lengua de signos española y de los medios de apoyo a la comunicación oral para las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas entrará en vigor el 2 de enero de 2024.

Lenguaje de signos y libre eleccion_img

El decreto, que nace de un consenso de todas las organizaciones de personas sordas y sordociegas y sus familias y cuenta con el apoyo del moviendo CERMI, garantiza la libre elección de lengua entre el uso de la lengua de signos española y la lengua oral a través de los medios de apoyo a la comunicación oral, así como a través de la regulación expresa de nuevos ámbitos en los que se determinan las condiciones de utilización de la lengua de signos española y de los medios de apoyo a la comunicación oral.

También adapta la legislación española a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, siguiendo las recomendaciones del Comité de Naciones Unidas de 2019, como detalla este miércoles el Boletín Oficial del Estado (BOE), donde se ha publicado la norma, que fue aprobada este martes en Consejo de Ministros.