Ley Orgánica 1/2021, de 15 de febrero, de reforma de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia

Eliminación del aforamiento especial de diputados y Gobierno de Murcia

Noticia

Se suprime, con vigencia desde 17 de febrero de 2021, el aforamiento especial de diputados y Gobierno de la Región de Murcia para aquellos que no pertenezcan a su normal desempeño parlamentario.

Region de Murcia

En el Estatuto de la Región de Murcia se regulan determinadas figuras jurídicas que pretenden garantizar el ejercicio adecuado de ciertas funciones públicas como son, la inviolabilidad, la inmunidad y el fuero jurisdiccional que tuvieron su sentido en la reivindicación de la tarea de los parlamentarios y facilitar que pudieran expresarse con libertad en el ámbito del debate parlamentario.

La evolución de dichas figuras ha devenido en una protección excesiva que ha amparado también a los miembros del poder ejecutivo, superando el concepto de protección de la libertad de expresión para pasar a ser un verdadero estatus especial, un fuero judicial específico.

Por tanto, se modifican el Estatuto, en sus arts. 25 y 33, para eliminar la figura del aforamiento especial para los diputados de la Asamblea Regional de Murcia y para los miembros del Consejo de Gobierno, que si bien seguirán protegidos en el ámbito de su libertad de expresión parlamentaria y política, ya no serán ajenos a la jurisdicción ordinaria por aquellos asuntos que, no perteneciendo a su normal desempeño parlamentario, les impliquen de forma directa en cualesquiera procedimientos judiciales de cualquier ámbito jurisdiccional.

Ley Orgánica 1/2021, de 15 de febrero, de reforma de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia (2021/3118).


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