El acuerdo contempla que España y el resto de países mantengan sus respectos impuestos digitales nacionales hasta que entre en vigor el primer pilar del acuerdo sobre fiscalidad de empresas al que llegó la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) a petición del G20. Este pilar entrará en vigor el 31 de diciembre de 2023 como fecha límite.
Washington a cambio retirará todas las medidas arancelarias impuestas a dichos países. En junio, el país norteamericano aprobó un arancel del 25% a una serie de productos españoles como represalia por el impuesto sobre servicios digitales de España resultaba discriminatoria y perjudicaba los intereses comerciales del país.
La represalia comercial no entró en vigor entonces porque se aprobó con una suspensión de aplicación de 180 días. El objetivo de esta suspensión era, precisamente, dar tiempo a la OCDE para llegar a una solución multilateral que incluyese a todos los países. La medida tenía previsto entrar en vigor en diciembre, pero se ha evitado su aplicación en virtud de este acuerdo.
Además, el trato al que ha llegado Washington con las naciones europeas también contempla un periodo de transición que abarca desde el 1 de enero de 2022 y hasta que entre en vigor el primer pilar del acuerdo de la OCDE o el 31 de diciembre de 2023, lo que suceda antes. Durante ese periodo de transición, EEUU se ha comprometido a no iniciar ninguna medida comercial adicional.
A partir de 2024, se evaluará si los impuestos abonados por las multinacionales afectadas estadounidenses por los impuestos digitales nacionales es superior al que hubieran tenido que pagar al amparo del pilar 1. En caso de que fuera así, España y el resto de países europeos tendrán que abonar a dichas empresas un crédito fiscal por la diferencia entre ambas cantidades.
Marco fiscal de la OCDE
El acuerdo fiscal acordado por la OCDE en las últimas semanas ataja los problemas derivados de la base imponible y el traslado de beneficios por parte de grandes empresas a jurisdicciones con una baja fiscalidad. Se centrará en dos pilares de actuación.
El primer pilar incluye a las multinacionales con ingresos globales superiores a los 20.000 millones de euros y una rentabilidad por encima del 10%, excluyendo las empresas extractivas (petroleras o mineras) y las de servicios financieros regulados.
El marco fiscal asignará los ingresos a las jurisdicciones donde se consuman los bienes o servicios vendidos. Posteriormente, los beneficios en exceso de ese 10% (hasta un 25% máximo) se asignarán a las jurisdicciones usando el reparto de ingresos con el objetivo de estar sujetos a impuestos.
El segundo pilar abarcará a las empresas que facturen 750 millones de euros o más a nivel global e incluye que el tipo mínimo de los Impuestos sobre Sociedades sea del 15% en todas las jurisdicciones adheridas al acuerdo.
Según los cálculos de la OCDE, el pilar uno del paquete reubicará 125.000 millones de dólares (107.364 millones de euros) de beneficios procedentes de las 100 mayores multinacionales del mundo. El objetivo es que estas empresas "paguen la parte justa de impuestos donde sea que operen y generen beneficios".
De su lado, el pilar dos, con su impuesto mínimo del 15%, generará anualmente 150.000 millones de dólares (128.837 millones de euros) en ingresos fiscales al año en todo el mundo.