En un acto en Palma de Mallorca organizado por la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD), la Cámara de Comercio de Mallorca y PwC, Ferre recordó que los contribuyentes tienen, por tanto, hasta el 30 de noviembre para acudir al plan extraordinario de regularización fiscal por el que se pretende aflorar rentas ocultas generadas hasta el 31 de diciembre de 2010.
El secretario de Estado de Hacienda subrayó que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ya ha hecho las aclaraciones oportunas a través de los informes de la Dirección General de Tributos, "de obligado cumplimiento".
Según se estipula en la orden ministerial que desarrolla la amnistía fiscal, no podrán acudir a la misma aquellos contribuyentes que tengan abierto un procedimiento de comprobación o investigación. Podrá regularizarse todo tipo de bienes y derechos, incluido el dinero en efectivo. Por los activos aflorados se pagará un gravamen especial del 10%. Además, quedarán incluidos en las bases imponibles de los tributos de cara a ejercicios venideros.
En el mismo acto, Ferre destacó el potencial de la nueva ley antifraude que entró en vigor la semana pasada con carácter general, por la que se dota a la administración tributaria de los "mejores" instrumentos contra la elusión fiscal y la economía sumergida. Entre ellos, figura la prohibición de realizar pagos en efectivo superiores a 2.500 euros en el caso de operaciones en las que esté inmerso algún empresario o profesional. Hacienda no sancionará a la parte que denuncie una operación de estas características. La Agencia Tributaria pondrá en breve un apartado específico en su página web para poder tramitar estas denuncias.
Además, la nueva ley endurece el acceso al régimen de módulos y fija la obligación de informar sobre todo tipo de cuentas y bienes situados en el extranjero. El que incumpla este último precepto estará sometido a fuertes sanciones (150%) y la renta descubierta será considerada como ganancia patrimonial injustificada, a consignar por la Administración en el último ejercicio fiscal no prescrito. La cuota defraudada posiblemente sea constitutiva de delito fiscal, lo que supondría la remisión del expediente a Justicia.
Por último, Ferre recordó otras normas tributarias, aún en trámite parlamentario, como la reforma del Código Penal, que fija un nuevo tipo agravado para el delito fiscal por el que se elevará a seis años la pena máxima de cárcel y a diez años el plazo de prescripción para este tipo de delito. El secretario de Estado indicó que la lucha contra el fraude es uno de los objetivos "prioritarios" del Gobierno, que contribuye a la reducción del déficit público. Así, hasta septiembre, la Agencia Tributaria ha recaudado 8.500 millones de euros por actividades ligadas al control del fraude fiscal, un 18% más que en el mismo periodo del año anterior.