La Sala Social revoca el fallo de un juzgado de Logroño fechado el 31 de octubre de 2023 que rechazó su solicitud y condena a la Tesorería General de la Seguridad Social y al INSS a abonarle una pensión vitalicia y mensual equivalente al 55% de su base reguladora más las revalorizaciones que procedan.
En sus fundamentos, la Sala del alto tribunal riojano pone en relación las patologías y limitaciones orgánicas y funcionales acreditadas por la trabajadora de cara a desarrollar tareas que requieran mantener posturas fijas, así como realizar esfuerzos y carga durante gran parte de la jornada laboral. A ello se suma, según los magistrados, la ausencia de respuesta a los diversos y múltiples tratamientos que ha seguido para mejorar su situación. “Teniendo en cuenta que los requerimientos de su profesión habitual de fotógrafa conllevan una carga moderada tanto para la columna dorsolumbar como para el manejo de cargas, sedestación, y bipedestación estática y dinámica, la Sala entiende que está incapacitada para la realización de las mismas durante una jornada laboral con un mínimo de rendimiento, eficacia y profesionalidad”, concluye el tribunal.
TSJ de La Rioja. Sala de lo Social. Sentencia nº 44/2024 de 22 de febrero de 2024.