Planteamiento
Durante varios ejercicios se han estado pasando coeficientes de reparto de gastos, que no son los de la división horizontal del edificio. Algunos propietarios están solicitando que se pongan los coeficientes de acuerdo con la división horizontal y se regularicen los gastos de varios ejercicios, que se encuentran aprobados.
¿Debe tomar la junta el acuerdo de cambio de coeficientes por unanimidad?. Teniendo aprobadas las cuentas de estos ejercicios, ¿qué mayoría sería necesaria para la regularización de cuentas de estos?
Solución
Aunque durante mucho tiempo, es decir, que durante varios ejercicio se han estado pasando cuotas de reparto de gastos conforme a un criterio al coeficiente descrito en el título para cada piso y local, ello no genera una situación consolidada de derecho que haya que respetar, de modo que la Junta, por acuerdo mayoritario, puede decir cambiar el modo de reparto a la cuota de participación, en consonancia con lo dispuesto en el art. 9.1.e) LPH -EDL 1960/55-. Así las cosas, no se debe tomar el acuerdo de cambio de coeficientes por unanimidad (art. 17.6 LPH). Cosa es distinta es que se hayan aprobado ya las cuentas de anteriores ejercicios, en cuyo caso el acuerdo no puede tener efectos retroactivos al tratarse de ejercicios cerrados y liquidados que, además, no han sido objeto de impugnación por la vía judicial, como exige el art. 18 LPH. Así, pues la mayoría que sería necesaria para la regularización de cuentas de estos ejercicios habría de tener el consenso de todos los propietarios, es decir, adoptarse por unanimidad, conforme al art. 17.6 LPH y art.17.8 LPH -EDL 1960/55-.