
La titular del Juzgado le condena por dos delitos contra la Hacienda Pública, en su modalidad de elusión del pago de impuestos, y le impone, además de la pena privativa de prisión el pago de una multa de 456.000 euros.
Los hechos por los que ha sido condenado corresponden a los ejercicios 2014 y 2015 de la empresa de instalación de fibra óptica de la que era administrador único.
En concreto, indica la sentencia, en el ejercicio de 2014, el acusado abonó un IVA de 32.880 euros, cuando lo que tenía que haber abonado era un total de 270.262 euros, defraudando una cantidad de 194.000 euros.
En el ejercicio de 2015, por su parte, el acusado declaró una vez deducido del total del IVA devengado 23.355 euros, en lugar de los 285.355 euros que en realidad tendría que haber abonado.
Estos hechos, señala la juez, se realizaron “con evidente ánimo defraudatorio, para eludir el pago de considerables cantidades en concepto de IVA”.
La sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cáceres.

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