Según ha informado Abogacía Española a través de un comunicado, tras el acuerdo adoptado, las elecciones tendrán lugar el próximo 24 de febrero de este mismo año durante la reunión del Pleno del Consejo que se celebrará en el Salón de Plenos de la sede del Consejo General de la Abogacía Española.
En este sentido, han apuntado que el plazo de presentación y recepción de candidaturas y documentación exigida tiene como fecha límite el 9 de febrero de 2022, exactamente a las 13.00 horas. Además, han de ser entregados en las dependencias administrativas de la Secretaria del Consejo General.
Por otra parte, junto con la comunicación de la candidatura, han recordado que se deberá aportar una certificación expedida por el respectivo Colegio de la Abogacía del candidato. Dicha certificación ha de acreditar su condición de abogado en ejercicio con una antigüedad mínima de 15 años y el Colegio de residencia.
Asimismo, desde Abogacía Española han desarrollado que en la comunicación de la candidatura se hará constar que no está incurso en las causas de prohibición, incompatibilidad o incapacidad previstas en el Estatuto General de la Abogacía.
Concretamente, han aclarado que el Consejo General de la Abogacía cuenta con doce consejeros electivos, que han de ser abogados de reconocido prestigio, elegidos libremente por el propio Pleno del Consejo, y cuyo mandato tiene una duración de hasta cuatro años.