La Guía está dirigida a responsables, encargados de tratamientos y delegados de protección de datos, ayudando al cumplimiento de la normativa

La AEPD publica una nueva guía para gestionar el riesgo de los tratamientos de datos personales

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Es aplicable a cualquier tratamiento de datos personales y para los tratamientos de alto riesgo ofrece orientaciones para realizar una evaluación de impacto y, en su caso, la consulta previa a la autoridad de control.

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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha presentado la guía ‘Gestión del riesgo y evaluación de impacto en tratamientos de datos personales’, un documento que incorpora la experiencia acumulada en la aplicación de la gestión del riesgo en el ámbito de la protección de datos desde la aplicación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y añade las interpretaciones de la AEPD, el Comité Europeo de Protección de Datos y el Supervisor Europeo de Protección de Datos.

El documento, dirigido a responsables, encargados de tratamientos y delegados de protección de datos (DPD), ofrece una visión unificada de la gestión de riesgos y de las evaluaciones de impacto en protección de datos, y facilita la integración de la gestión de riesgos en los procesos de gestión y gobernanza de las entidades.

El RGPD establece que las organizaciones que tratan datos personales deben realizar una gestión del riesgo con el fin de establecer las medidas que sean necesarias para garantizar los derechos y libertades de las personas. Además, en aquellos casos en los que los tratamientos impliquen un riesgo alto para la protección de datos, el Reglamento dispone que esas organizaciones están obligadas a realizar una Evaluación de Impacto en Protección de Datos (EIPD) para mitigar esos riesgos.

La guía presentada es aplicable a cualquier tratamiento, con independencia de su nivel de riesgo. Además, y para los casos de tratamientos de alto riesgo, incorpora las orientaciones necesarias para realizar la EIPD y, en su caso, la consulta previa a la que se refiere el artículo 36 del RGPD, que establece que el responsable debe consultar a la autoridad de control antes de proceder al tratamiento cuando una evaluación de impacto sigue ofreciendo un riesgo residual alto o muy alto tras haber tomado medidas.

La Guía consta de tres apartados: el primero contiene una descripción de los fundamentos de la gestión de riesgos para los derechos y libertades; el segundo incluye un desarrollo metodológico básico para la aplicación de la gestión del riesgo, y el último está enfocado en los casos en los sea preciso realizar una EIPD, con las orientaciones necesarias para llevarla a cabo.