Según la sentencia a la que ha tenido acceso este viernes Europa Press, la cláusula suelo de dicho contrato beneficiaba "sin duda" al banco prestamista, porque impedía que la cuota a pagar fuera inferior al 4,25%.
Para el juez, no puede concluirse que en el proceso de formación se facilitara a la pareja la debida información sobre la cláusula y sus verdaderas condiciones, por lo que ha considerado que la entidad bancaria no cumplió con las "exigencias de buena fe".
Por ello, pide la eliminación de la cláusula abusiva del contrato, condena al banco a devolver a los afectados las cantidades pagadas en aplicación de la cláusula hasta la fecha en la que interpusieron la demanda, y obliga a NCG Banco S.A. a pagar los intereses legales moratorios sobre las cantidades devueltas.
En el recurso, la entidad bancaria alegó que los afectados habían tenido hasta cuatro ocasiones para conocer la cláusula que se les iba a aplicar: al saber las condiciones del préstamo, al recibir la oferta vinculante, al revisarla en la notaría y al autorizarla por el mismo notario; aunque las víctimas lo negaron ante el juez e, incluso, afirmaron no haber tenido conocimiento de la imposición de cláusulas.