El texto normativo tiene como objetivo establecer un sistema integral para prevenir, detectar y sancionar el fraude y la corrupción en el sector público, reforzar la confianza institucional y salvaguardar el interés general.
Valoración general y recomendaciones de la CNMC
La CNMC valora positivamente la iniciativa. La evidencia muestra que la corrupción reduce la competencia y la eficiencia económica, por lo que las medidas para prevenirla contribuyen también al buen funcionamiento de los mercados.
El texto incorpora avances alineados con recomendaciones previas de la CNMC en contratación pública, como la mejora en la planificación y diseño de licitaciones, la digitalización y centralización de la información contractual, el refuerzo de la motivación de decisiones que limitan la concurrencia y la profesionalización de la contratación.
La CNMC también valora positivamente el uso de herramientas de análisis de datos, el mayor acceso a la información para supervisores y la publicidad de las prohibiciones de contratar, por su efecto disuasorio.
Desde la perspectiva de la competencia y la buena regulación, la CNMC propone algunas mejoras:
• Incluir de forma expresa los riesgos de colusión en la contratación pública y reforzar la formación en competencia del personal público.
• Limitar y controlar de forma más estricta la subcontratación en encargos a medios propios.
• Evitar que una transparencia excesiva en la información contractual facilite la colusión o exponga información sensible.
• Fomentar, en la medida de lo posible, la concurrencia en los contratos menores.
• Exigir a los licitadores declaraciones de oferta independiente y ausencia de colusión, e informar en los pliegos sobre canales de denuncia anónima.
• Mejorar la interoperabilidad y la usabilidad de la Plataforma de Contratos del Sector Público.
• Acompañar la contratación electrónica de medidas de apoyo a las pymes para evitar efectos excluyentes.
• Reforzar la eficacia de los programas de cumplimiento exigidos en los contratos públicos a grandes empresas, incluyendo el respeto a la normativa de competencia.
• Precisar los entes con acceso a la información a efectos de control e incluir la detección de infracciones de competencia.
• Reforzar la interconexión entre registros públicos, incluidas las prohibiciones de contratar por infracciones de competencia (en el Registro de licitadores y en el Registro Mercantil).
• Incorporar las reclamaciones de daños por infracciones de competencia a la Estrategia de recuperación de activos públicos.
• Garantizar que la colaboración con la futura Agencia de Integridad Pública respete la autonomía de la CNMC.