Este régimen fue aprobado por la Comisión en mayo de 2014, y fue modificado en diciembre de 2015, y en diciembre de 2020.
Permite a los productores de obras cinematográficas y audiovisuales españoles e internacionales recibir ayudas en forma de deducciones fiscales en el impuesto de sociedades español.
España notificó a la Comisión las siguientes modificaciones del régimen vigente: 1) un aumento presupuestario anual de 340 millones de euros, lo que eleva el presupuesto anual a 400 millones de euros; 2) un aumento a 20 millones de euros por película del importe máximo de deducción fiscal que los beneficiarios pueden aplicar (a partir de 10 millones de euros); 3) la fijación de un máximo de 10 millones de euros de deducción fiscal por episodio de serie; y 4) la prórroga de la duración del régimen hasta el 31 de diciembre de 2026.
La Comisión ha evaluado el régimen modificado con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, en particular la Comunicación de 2013 sobre la ayuda estatal a las obras cinematográficas y otras producciones del sector audiovisual, y ha considerado que el régimen español, en su versión modificada, sigue siendo necesario, adecuado y proporcionado para promover la cultura en España y en la UE, y sigue teniendo un impacto limitado en la competencia y en el comercio entre los Estados miembros. Sobre esta base, la Comisión ha aprobado la modificación con arreglo a las normas de la UE sobre ayudas estatales.