
En la jornada, desarrollada en el orden en el que se verán modificados los procesos, se abordaron los principales cambios que trae la reforma en el ámbito laboral y contencioso-administrativo. La introducción de una nueva regulación en el acto de conciliación, la obligatoriedad en la aportación y admisión de las pruebas, y condiciones en los escritos de los recursos de casación para la unificación de doctrina, entre otros.
Juan Martínez Moya, magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, destacó que esta ley “era muy necesaria y esperada porque integra los pilares en materia de reformas legislativas”. “Incorpora cambios importantes como la doble agenda y un mayor protagonismo del LAJ, el requerimiento de prueba antes de juicio y el recurso con la introducción del motivo de interés casacional que se importa de otras jurisdicciones”, señaló.
Ángel Olmedo Jiménez, abogado socio de Garrigues, matizó que “la ley agilizará los procedimientos, permitirá reducir la carga procesal y cambiará, incluso, la forma de trabajar las estrategias de los abogados”. Señaló que en la jurisdicción social “ha habido un incremento sustancial de asuntos, pero muchos de ellos terminaron en conciliación, algo que se mantiene inalterado en los últimos años”. Por ello, esta norma “potenciará los acuerdos con la labor del LAJ y la aportación de la prueba en el plazo de 10 días anteriores a la vista”.
También señaló que “los letrados de la jurisdicción social tienen una amplia cultura de conciliación porque todas las actuaciones previas a la vista van a estar encaminadas a llegar a un acuerdo”.
Por su parte, Margarita Martínez González, Letrada de la Administración de Justicia, manifestó que “es una norma que supone muchos retos, y como todavía no hay una práctica, plantea incertidumbres y un cambio de mentalidad”. “Se necesitará un pilotaje de profesionales con la mente abierta y flexible”, comentó. Para la letrada, “la ley ofrece lo que siempre se ha intentado: aligerar las agendas de los magistrados y sus puntos fuertes serán el acto de conciliación y la aportación de la prueba”, apuntó.
En el ámbito contencioso-administrativo “el impacto es diferente con mayor relevancia en el plano organizativo”, según Juan Martínez. Ángel Olmedo, comentó que lo más relevante se aplica en “el procedimiento abreviado, en el marco de la solicitud de vista, y el reconocimiento de la legitimación de los sindicatos, en nombre e interés procesal del personal funcionario y estatutario afiliado a ellos, en defensa de los derechos individuales”.
Con esta jornada, moderada por David Casellas, presidente de la Comisión de Estudios, Informes y Proyectos de la Abogacía Española, finaliza el ciclo formativo, al que se han inscrito más de 13.000 personas y que ha analizado los MASC como requisito de procedibilidad, el papel de los profesionales de la abogacía, la formalización del acuerdo, la acreditación y las costas, y ha abordado los cambios específicos en las diferentes jurisdicciones: civil, penal, laboral y contencioso-administrativo.

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