El Real Decreto-ley 6/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación denomina permisos por nacimiento y cuidado de menor a las prestaciones que hasta ahora se llamaban de maternidad y paternidad. La equiparación de ambos permisos se completará en 2021, momento a partir del cual esta prestación se constituye en un derecho individual de los progenitores y no transferible entre ellos, con una duración de 16 semanas.
La Seguridad Social ha dedicado más de 982,1 millones de euros al pago de estas prestaciones entre enero y junio de 2019. De éstos, se han destinado 703.097.373,65 euros a las hasta ahora denominadas prestaciones de maternidad y 279.010.417 euros a las del progenitor diferente a la madre biológica
Prestaciones de maternidad
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha gestionado hasta junio 124.867 prestaciones económicas de las denominadas hasta el 1 de abril de maternidad. Esto supone una merma del 1,95% respecto al primer semestre de 2018. El gasto se ha reducido un 3,78%.
Del conjunto de prestaciones reconocidas, la mayor parte, 122.617, corresponden a permisos disfrutados por la madre y 2.250 a permisos de maternidad disfrutados por el padre. El número de procesos por maternidad percibidos por el padre ha descendido un 8,61%, en consonancia con la ampliación del permiso que puede disfrutar el progenitor distinto a la madre biológica, que desde abril es de hasta 8 semanas.
La cuantía de la prestación por maternidad es equivalente al cien por cien del salario y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las 16 semanas de permiso (ampliables en caso de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo).
Además, el padre puede disfrutar de hasta cuatro de estas semanas si la madre se lo cede. Estas semanas compartidas puede disfrutarlas al mismo tiempo que ella o a continuación. La Ley contempla también la posibilidad de disfrutar a tiempo parcial del permiso.
Cuando las trabajadoras estén cobrando la prestación por desempleo total y pasen a la situación de maternidad, percibirán la prestación correspondiente y, tras agotarla, reanudarán el cobro del desempleo por el tiempo que restara por percibir y en la cuantía que correspondiera en el momento de la suspensión.
Por comunidades autónomas, el mayor número de procesos entre enero y junio ha correspondido a Andalucía (22.733), Cataluña (21.989), Madrid (21.504), y Comunidad Valenciana (12.076).
Permisos de paternidad
El número de procesos por paternidad entre enero y junio de 2019 ha sido de 140.716, un 10,23% más que en el mismo periodo del año pasado. Para hacer esta comparación, se han sumado los procesos de paternidad del primer trimestre con los permisos correspondientes al progenitor distinto de la madre biológica, como han pasado a denominarse a partir del 1 de abril. El gasto en este semestre asciende a 279,01 millones de euros (279.010.417), lo que supone un incremento del 37,95% respecto al año pasado.
El Real Decreto-ley 6/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación establece desde abril que el permiso del progenitor distinto de la madre biológica sea de 8 semanas, de las cuales dos son obligatorias tras el nacimiento en caso de parto. Con anterioridad, ese permiso era de 5 semanas.
Este mismo Real Decreto prevé que en 2020, el permiso de ese otro progenitor sea de 12 semanas, con cuatro obligatorias tras el parto en caso de nacimiento; y que en 2021, ambas prestaciones -maternidad y paternidad- se equiparen y pasen a denominarse prestaciones por nacimiento y cuidado de menor y se reconozcan como un derecho individual y no transferible al otro progenitor. Su duración será de 16 semanas y 6 de ellas deberán disfrutarse después del parto.
La cuantía del subsidio correspondiente al progenitor distinto de la madre biológica también es del 100% de la base reguladora de la prestación de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes.
El mayor número de procesos de los llamados hasta abril de paternidad ha correspondido a Cataluña (26.940), Madrid (23.700), Andalucía (23.461) y la Comunidad Valenciana (13.793).
Excedencia por cuidado de hijo, menor acogido o familiar
Las trabajadoras y trabajadores pueden solicitar excedencia para atender al cuidado de hijo o menor acogido o para el cuidado de otros familiares. En este caso, la duración del periodo considerado de cotización efectiva dependerá de los supuestos contemplados en la Ley General de la Seguridad Social, modificada con la entrada en vigor de la Ley de Igualdad que amplió el alcance y duración de esta prestación.
Hasta junio de 2019, hay 26.004 excedencias por cuidado familiar registradas, de las cuales 23.185 corresponden a solicitudes presentadas por mujeres y 2.819 por hombres. La variación interanual ha sido de 6,05%, lo que ha supuesto un aumento de 1.484 excedencias respecto a 2018.
Por comunidades autónomas, el mayor número de excedencias se ha producido en Madrid (5.812), Cataluña (3.957), Andalucía (2.861), Comunidad Valenciana (2.573), y País Vasco (2.235).