En concreto, se encuentran disponibles en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado de colaboración social, los trámites de asociaciones y colegios para adherirse al código de buenas prácticas, aprobado en el Foro de Asociaciones y Colegios de Profesionales Tributarios en julio del año pasado.
Para ello, debe adjuntarse el formulario disponible en sede electrónica y el acuerdo de adhesión del órgano de gobierno de la asociación o colegio correspondiente. Asimismo, puede comunicarse, en su caso, la firma de la adenda al código.
Al código podrán adherirse todas las asociaciones o colegios profesionales que desarrollen toda o parte de su actividad en territorio español, tras ser acordado por el órgano de gobierno de las asociaciones y colegios profesionales.
Los organizaciones interesadas remitirán el formulario anexando el acuerdo de adhesión de los órganos de gobierno a través del procedimiento establecido en la sede electrónica de la AEAT, e igualmente se remitirá el código deontológico de la asociación o colegio, ya que su falta determinará la imposibilidad de adhesión. Comprobada la información remitida, la secretaría técnica del Foro comunicará a la entidad la aceptación de la adhesión.
El código de buenas prácticas de asociaciones y colegios de profesionales tributarios recoge compromisos de dichas organizaciones y de la Administración, de forma que las primeras se comprometen a colaborar para que la información que los contribuyentes deben facilitar llegue correctamente a la AEAT.
Por su parte, la AEAT pone a disposición de asociaciones y colegios la información necesaria y explicación que pueda permitir al contribuyente cumplir correctamente con sus obligaciones fiscales.
Más de 150 empresas adheridas al Código
En lo que respecta a las adhesiones al código de buenas prácticas, aprobado en 2010 por el Foro de Grandes Empresas, hasta mediados del mes de diciembre se habían adherido al mismo más de 150 empresas.
Entre ellas se encuentran grandes compañías del Ibex y las principales empresas españolas, como Abengoa, Acciona, Amadeus, BBVA, Sabadell, Bankia, Caixabank, Cepsa, Iberdrola, Inditex, Mapfre, Repsol, Supercor, Telefónica, Vodafone, Abertir, Aena, Banco Popular, Bankinter, Endesa, Hispasat, Mercadona, Metrovacesa, OHL, Renault, Sfera, Siemens o Telepizza, entre otros.
Conforme a dicho código, las empresas evitarán la utilización de estructuras de carácter opaco con finalidades tributarias, referidas a aquellas en las que, mediante la interposición de sociedades instrumentales a través de paraísos fiscales o territorios no cooperantes con las autoridades fiscales, estén diseñadas con el propósito de impedir el conocimiento, por parte de la AEAT, del responsable final de las actividades o el titular últimos de los bienes o derechos implicados.
Especial Buenas Prácticas Tributarias.