La ley ha salido adelante con 71 votos a favor de JxCat, ERC, los comuns y la CUP, y 63 en contra de Cs, el PSC-Units, el PP, los cuatro diputados del PDeCAT integrados en JxCat, y los dos diputados de Demòcrates integrados en ERC, y nace con la incógnita sobre si acabará suspendida en el Tribunal Constitucional (TC).
Después de su tramitación por lectura única en julio, Cs y el PP pidieron un dictamen al Consell de Garanties Estatutàries (CGE), que concluyó que varios artículos de la ley son inconstitucionales porque Catalunya no tiene competencias para regular el alquiler.
El presidente del PP catalán, Alejandro Fernández, ya ha anunciado durante el debate en el pleno que su partido recurrirá la norma al TC y está por ver si también lo hará el Gobierno central, lo que provocaría la suspensión inmediata a la espera de que el Constitucional emitiera una sentencia.
La ley limita el precio de los alquileres de aquellas viviendas que estén dentro de una área declarada como "mercado de vivienda tenso", en el que se incluyen los municipios que cumplan alguno de los tres requisitos previstos: que experimenten un crecimiento sostenido claramente superior al de la media de Catalunya; que la carga media del coste del alquiler en el presupuesto personal o familiar supere el 30% de los ingresos habituales, y que el precio haya subido cinco años al menos tres puntos por encima del IPC.
En estas zonas con mercado tenso, los contratos de alquiler no podrán superar el precio del último contrato ni la media del precio de los alquileres de la misma zona, mientras que las viviendas de obra nueva quedan excluidas de la normativa para incentivar la construcción de vivienda social.
Acuerdo de última hora
La iniciativa ha salido adelante después de que a última hora el Sindicat de Llogaters, ERC, los comuns y la CUP hayan alcanzado un acuerdo con JxCat para facilitar su aprobación.
Pese a haber sido uno de los grupos proponentes, JxCat presentó ocho enmiendas al texto que, según el Sindicat de Llogaters, ERC, los comuns y la CUP, desvirtuaban el objetivo de la ley, pero tras negociaciones de última hora han acabando renunciando a seis de ellas y las otras dos han quedado modificadas por el pacto entre todos los grupos.
El principal obstáculo ha sido la definición de pequeño propietario al que no se incluye en esta ley: la enmienda de JxCat planteaba que la limitación del precio no se aplicara a los propietarios que tuvieran ingresos inferiores a 5,5 veces el Indicador de renta de suficiencia (IRSC) --que equivale a más de 3.000 euros, aunque varía en función de varios aspectos, como el municipio--, y con el pacto, este límite quedará en la nueva norma reducido a 2,5 veces el IRSC, equivalentes a rentas inferiores a 2.000 euros.
En cualquier caso, esta excepción solo se aplicará cuando el arrendatario tenga unos ingresos superiores a 3,5 veces el IRSC, es decir, que para darse esta situación el propietario deberá estar en una situación más vulnerable que la familia o persona arrendataria.
Además, se ha incluido que el precio del alquiler puede incrementarse en caso de que se hagan remodelaciones y obras de mejora.